Expte. Nº 6.717/18.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,
La Minuta de Comunicación N° 2042/13, Tareas de mantenimiento en los juegos infantiles y demás edificaciones de la Plaza a la Madre,
La Minuta de Comunicación N° 2079/2015, Construcción de baños públicos en la plaza San Martín; A la Madre y Ferroviario,
El Decreto N° 912/16, Para que se tenga en cuenta el valor histórico de la Plaza a la Madre y se realice su correspondiente mantenimiento, y
CONSIDERANDO:
Que hace varios años se le ha solicitado al Departamento Ejecutivo Municipal que se ponga en valor la Plaza a la Madre y se mantenga en buen estado, pues es un lugar de esparcimiento, para niños, adolescentes y adultos de la ciudad.
Que esta plaza es la más importante ya que se ubica en el centro de la ciudad, y en ella se encuentra el anfiteatro municipal, llamado Jorge Agustin Nastta.
Que hace unos días, el municipio arregló la calesita de la plaza a la madre, lo cual esto impulsa a que los vecinos de la ciudad quieran llevar a sus hijos y compartir gratos momentos con ellos.
Que es deber del municipio cumplir con las normas de higiene y seguridad para nuestros vecinos y mantener nuestros espacios públicos pintados y en condiciones.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.236/2018
ART. 1°) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda se cumpla el Decreto N° 912/2016, en un plazo de 15 días.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de diciembre de 2018.
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