Decr. 1341/19 Compra de insumos y alimentos con los fondos recaudados como así también los fondos gestionados ante el gobierno provincial y/o nacional

Expte. Nº 6.936/19.

 VISTO:

La Ordenanza N° 2.597/19, “Condiciones generales y particulares que reglamentan los procedimientos de compras y contrataciones”,

La Ordenanza N°  2.630/19, “Emergencia Alimentaria en la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez”,

La Ordenanza N° 2.633/19, “Autorizar la utilización del FAD para la compra de insumos y alimentos destinados inmediatamente a cubrir las necesidades de los sectores sociales más desfavorecidos”,

La Ley Orgánica Municipal Nº 2756,

 

CONSIDERANDO:

Que en fecha 19 de septiembre el concejo deliberante aprobó la ordenanza N° 2.630/19, la cual declara la emergencia alimentaria, crea un fondo de emergencia de asistencia y autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar ante el Gobierno Provincial y Nacional partidas destinadas a tal fin.

Que posteriormente en fecha 26 de septiembre de 2019, el Concejo Deliberante sanciona la Ordenanza N° 2.633/19, que autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal por un periodo determinado a la utilización del Fondo de Asistencia al Deporte, para la compra de insumos y alimentos destinados inmediatamente a cubrir las necesidades de los sectores sociales más desfavorecidos.

Que los fondos generados por las ordenanzas arriba mencionadas al día de la fecha se encuentran disponibles para la compra de insumos y alimentos.

Que por ello y para dar una rápida respuesta a las necesidades de los sectores más postergados es necesario exceptuar al Departamento Ejecutivo Municipal de lo dispuesto en la Ordenanza N° 2.597/19 “Condiciones generales y particulares que reglamentan los procedimientos de compras y contrataciones”, para poder realizar las compras de insumos y alimentos de forma directa sin los límites establecidos en dicha Ordenanza de compras.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.341/2.019

 

ART. 1°) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la compra de insumos y alimentos con los fondos recaudados como así también los fondos gestionados ante el gobierno provincial y/o nacional  en el marco de la Ordenanza N° 2.630/19 “Emergencia Alimentaria en la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez” y la Ordenanza N° 2.633/19, a través de la modalidad de compra directa, exceptuándolo de los límites establecidos en la Ord.  N° 2.597/19.


ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  22  de noviembre  de 2.019.

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1341-19 expte.6936-19 Compra insumos y alimentos x el DEM

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