Expte. Nº 3.129/08.
VISTO:
La Ley 2756 , la solicitud efectuada por la Profesora Julia Salinas a este Cuerpo Deliberativo, y
CONSIDERANDO:
Que la Escuela EEMPA Nº 1.143, es la única Escuela en la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez que por su modalidad brinda servicios a adultos que por razones socio-económicas no pueden acceder a sus estudios en horario diurno, que cuenta con escasos recursos económicos para la atención de más de cuatrocientos alumnos.
Que por la importancia social y para garantizar la igualdad de oportunidades es necesario apoyar el esfuerzo que directivos, docentes y alumnos, vienen realizando, para alcanzar sus objetivos.
Que se hace imprescindible garantizar la seguridad de los que concurren a dicho establecimiento ya que la finalización de las actividades se producen en horas avanzadas de la noche, razón por la cuál el establecimiento debe contar con recursos extraordinarios que le permitan afrontar esta particularidad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1542/2008.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de abril de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti
A/C Secretaria: Mario Correale