Expte. Nº 3.831/10.

VISTO:

            La Ley 2756 Art.39º Incs. 14, 24, 29, 62 , Art.41º Incs. 24 y 26 , Art.44º.

            El estado de la capa asfáltica en calle Garay entre las calles Eva Perón y Juan B. Justo.

            El reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y

 

CONSIDERANDO:

            Que en la calle Garay entre las calles Eva Perón y Juan B. Justo la calzada se encuentra parcialmente destruida por la formación de baches impidiendo el normal tránsito vehicular y peatonal.

            Que los conductores de los vehículos tanto como los peatones corren peligro de accidentes.

            Que este sector es muy transitado tanto por peatones y vehículos ya que tiene salida a una de las arterias más importantes de la Ciudad como es la Av. Juan D. Perón.

            Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la Ciudad y la prevención de  cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:


MINUTA DE COMUNICACION  Nº 1764/2010

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, disponga la reparación y mantenimiento de calle Garay entre calles Eva Perón y Juan B. Justo.

ART. 2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de junio de 2.010.

 

Presidente: Pedro Jorge Gonzalez

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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