Expte. Nº 3.831/10.
VISTO:
La Ley 2756 Art.39º Incs. 14, 24, 29, 62 , Art.41º Incs. 24 y 26 , Art.44º.
El estado de la capa asfáltica en calle Garay entre las calles Eva Perón y Juan B. Justo.
El reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y
CONSIDERANDO:
Que en la calle Garay entre las calles Eva Perón y Juan B. Justo la calzada se encuentra parcialmente destruida por la formación de baches impidiendo el normal tránsito vehicular y peatonal.
Que los conductores de los vehículos tanto como los peatones corren peligro de accidentes.
Que este sector es muy transitado tanto por peatones y vehículos ya que tiene salida a una de las arterias más importantes de la Ciudad como es
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la Ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 1764/2010
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, disponga la reparación y mantenimiento de calle Garay entre calles Eva Perón y Juan B. Justo.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de junio de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale