Min. 1766/10 Pavimentación calle Derechos Humanos

Expte. Nº 3.836/10.

VISTO:

            La Ley Provincial Nº 12.385 Fondo de Obras Menores.

            El Decreto Nº 206/2009 Fondo Federal Solidario.

            La Ley 2756 Art. 39 Incs. 14, 24, 29 y 30 .

            El estado de la calle Derechos Humanos.

            El reclamo de vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

            Que la calle Derechos Humanos se encuentra en estado de transitabilidad preocupante debido a la formación de baches y desniveles por la falta de mantenimiento.

            Que esta calle tiene entrada y salida desde Av. San Martín por lo que los vecinos se encuentran obligados a transitar únicamente por ésta sin tener otra alternativa.

            Que la calle en cuestión tiene una extensión que no supera los 150 metros lo que permitiría realizar la pavimentación con poco sacrificio  del municipio pero con mucha utilidad para los vecinos que transitan por la misma.

            Que tanto el Fondo Federal Solidario como el Fondo de Obras Menores asisten financieramente al municipio con recursos que pueden ser destinados a la construcción de este tipo de obras.

            Que es competencia del Concejo Deliberante “Dictar Ordenanzas sobre pavimentación,…” (Art.39º Inc. 30 Ley 2756 )

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:


MINUTA DE COMUNICACION  Nº 1766/2010


ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, estudie la factibilidad de la realización de la pavimentación en la calle Derechos Humanos.

ART. 2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de junio de 2.010.

 

 

Presidente: Pedro Jorge Gonzalez

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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