Expte. Nº 3.869/10.
VISTO:
La Ley 2756.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en la intersección de las calles Liniers y Pasaje 6 se ha generado un micro basural permanente.
Que el mismo es foco de infecciones y potenciales enfermedades para los vecinos que viven o circulan por el lugar.
Que el micro basural ha adquirido tal dimensión que se convierte en obstáculo para el tránsito.
Que es deber del municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas publicas para la prevención de los mismos y la preservación del medio ambiente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº1780/2010
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene:
a) Limpieza del micro basural ubicado en la intersección de las calles Liniers y Pasaje 6.
b) Desinfección del lugar mencionado en el inciso anterior.
c) Colocación de un cartel señalizando la multa correspondiente por arrojar residuos en la vía pública.
d) Refuerzo de los controles en la zona y particularmente en el lugar mencionado en el inciso a)
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de julio de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale