Expte. Nº 5.948/16.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,

El reclamo de los vecinos que viven y transitan por el lugar,

El material fotográfico que se anexa y,

CONSIDERANDO:

Que el Municipio debe mantener el correcto estado de transitabilidad de todas las calles de la ciudad previniendo cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Que son reiterados los reclamos de los vecinos por el estado de la calle Fornieles en el trayecto comprendido entre las calles 17 de Octubre y San Luis, cuya calzada presenta un estado de deterioro muy importante como se puede observar en el material fotográfico anexado.

Que la carpeta asfáltica se encuentra agrietada y con baches de pronunciadas dimensiones, específicamente en el tramo mencionado en el párrafo anterior. También se observa la presencia de aguas servidas estancadas en la vía pública, producto del mal escurrimiento sobre el cordón cuneta de la misma, despidiendo dichos efluentes olores desagradables producto de su descomposición.

Que esta situación molesta desde el punto de vista de la higiene urbana convirtiendose en un ámbito propicio para enfermedades que pone en riesgo la salud de los vecinos y los ocasionales peatones.

Que en calle Fornieles en la intersección con calle San Juan la rotura de la cinta asfáltica es total, interviniendo los vecinos por cuenta propia para rellenar los pozos y deformaciones con escombros y otros áridos.

Que por tales motivos su tránsito se torna casi imposible para vehículos de pequeño porte y / o ciclistas que necesiten pasar por la zona.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2101/2016

ART. 1°) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice en la zona de calle Fornieles entre 17 de Octubre y San Luis:

  1. Trabajos de reparación integral de calzada.
  2. Trabajos de limpieza y desobstrucción de cámaras de tormenta y caños de desagües pluviales para el correcto escurrimiento de las aguas.

ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de octubre de 2016.

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