Expte. Nº 5.960/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que calle Libertad, en el tramo que atraviesa la Sección Catastral 3, es una arteria importante dada la masa vehicular que por ella transita debido a la presencia de fábricas, clubes y escuelas.
Que en el tramo entre las calles 17 de Octubre e Intendente Andreu presenta gran cantidad de baches tapados con escombros dejando la superficie de la calzada en forma irregular, en condiciones dificultosas y peligrosas de transitar. A esto se le suma la acumulación de aguas servidas debido al no escurrimiento de las mismas.
Que en mayor cantidad estos líquidos se encuentran concentrados en las intersecciones con los pasajes Casilda y Concordia, y en la esquina de Libertad y Alvear.
Que la acción corrosiva de los efluentes estancados sobre el pavimento y/o carpeta asfáltica es permanente y progresiva, debilitando la base y asediando la estructura de la misma.
Que estos líquidos por la cantidad de tiempo de permanencia en la vía pública despiden olor desagradable producto de su putrefacción. No sólo es causal de molestias para los vecinos y ocasionales transeúntes, sino que también, son un foco de enfermedades infectocontagiosas.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 2104/2016
ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice los trabajos de reparación de la calzada de la calle Libertad entre las calles 17 de Octubre e Intendente Andreu.
ART. 2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice los trabajos de limpieza y desobstrucción de desagües pluviales para el correcto escurrimiento de las aguas en el tramo de la calle mencionado en el Artículo 1.
ART. 3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.