VISTO:
La considerable cantidad de negocios minoristas que se ven imposibilitados en la actualidad de poder ser habilitados en razón de no tener los planos del local aprobados, y
CONSIDERANDO:
Que el estado de emergencia económica en que se encuentra el país, sumado a esta circunstancia, la gran desocupación existente, situación ésta que ha obligado a numerosos habilitantes de esta Ciudad a tener que trabajar por su cuenta y en la mayoría de estos casos no se lo puede hacer por no tener aprobados los planos, teniendo en cuenta la onerosidad que devengan dichas aprobaciones.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 09/84
ART.1º) Autorízase la habilitación en forma provisoria de locales de negocios minoristas, aunque no tengan aprobados los planos del local.
ART.2º) Se otorgará un plazo de tres meses a contar de la habilitación provisoria a los efectos de que se regularicen la situación con respecto a la aprobación de los planos, vencido dicho término se procederá a la clausura del negocio hasta tanto no se aprueben los planos respectivos.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, enero 03 de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone