VISTO Y CONSIDERANDO:

 La necesidad de contar con un obrador, cuyas características  satisfagan la necesidad de construir bloques para  la construcción  de viviendas, como así lajas y  caños,  para afectarlas a la construcción de alcantarillas, y pasos que en muchas partes de esta Ciudad se necesitan con  carácter imperioso.
Que  donde  se encuentra construído el actual  no  permite dado  sus medidas la posibilidad de ampliación, ya que  en los  terrenos  ubicados  detrás de  la  Municipalidad,  se contaría con la superficie ideal; para la construcción  de un obrador.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
 

 

 

ORDENANZA Nº 27/84

 

 

 

ART.1º) Que la Municipalidad, disponga del terreno ubicado detrás de  la misma, para la construcción d en  obrador,  ubicado delante del salón “12 de Abril”.

 

ART.2º) Que  el Departamento Ejecutivo Municipal   determine,  la oportunidad  para realizar los trabajos que  sean  necesarios,  para adaptarlos al fin específico que determina  el Art. 1º de la presente.

 
ART.3º) Que  los  gastos que determine la puesta en  marcha,  del obrador sea cargado a rentas generales.
 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala  del  Honorable Concejo Deliberante, 6 de  marzo  de 1.984.

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

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