VISTO Y CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con un obrador, cuyas características satisfagan la necesidad de construir bloques para la construcción de viviendas, como así lajas y caños, para afectarlas a la construcción de alcantarillas, y pasos que en muchas partes de esta Ciudad se necesitan con carácter imperioso.
Que donde se encuentra construído el actual no permite dado sus medidas la posibilidad de ampliación, ya que en los terrenos ubicados detrás de la Municipalidad, se contaría con la superficie ideal; para la construcción de un obrador.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 27/84
ART.1º) Que la Municipalidad, disponga del terreno ubicado detrás de la misma, para la construcción d en obrador, ubicado delante del salón “12 de Abril”.
ART.2º) Que el Departamento Ejecutivo Municipal determine, la oportunidad para realizar los trabajos que sean necesarios, para adaptarlos al fin específico que determina el Art. 1º de la presente.
ART.3º) Que los gastos que determine la puesta en marcha, del obrador sea cargado a rentas generales.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 6 de marzo de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone