VISTO:
La nota envíada por
CONSIDERANDO:
Los incrementos del costo de explotación y mantenimiento del servicio.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 384/88
– Tarifa por bajada de bandera A 1,450
– Por cada 100 mt de recorrido A 0,12
– Por cada minuto de espera A 0,12
ART.2º) La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 24 de marzo de 1.988.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone