VISTO:
El proyecto enviado por el Departamento Ejecutivo para la modificación en los valores de la Tasa Gral. de Inmuebles, correspondientes al 4º Período Anticipo Bimestral Julio – Agosto de 1.988, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario dotar de dicha norma legal al ente Municipal, para que pueda obtener el ingreso de sumas por concepto del mencionado tributo.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 439/88
ART.1º) Increméntese en un 30 % los valores de
ART.2º)
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 28 de Julio de 1.988.
Presidente: Nicolas Oliva
Asesor Legal: Humberto Meschini