VISTO:
CONSIDERANDO:
Que con la ejecución y habilitación precaria de la Obra Pública denominada BAJO NIVEL DE CALLE NOGUES las zonas de circulación de vehículos automotores se ven restringidas en su amplitud, o ancho de calzada, generando la necesidad de restringir el estacionamiento vehicular a los efectos de conferir mayor fluidez al tránsito y evitar la materialización de potenciales accidentes que inclusive podrán generar responsabilidad civil par la municipalidad.
Que el Código Municipal de Tránsito aprobado mediante Ordenanza
Nº 37/72 faculta al ente municipal el estacionamiento de vehículos, cuando las exigencias especiales de las corrientes de las corrientes de tránsito justifiquen medida.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 500/89
ART.1º) Prohíbase durante las 24 horas del día el estacionamiento de vehículos de toda especie y naturaleza sobre la Av. Gral. Juan D. Perón en el tramo comprendido desde su intersección con calle Edison y hacia el Norte hasta su intersección con calle Maipú.
ART.2º) Prohíbase durante las 24 horas del día el estacionamiento de vehículos de toda especie y naturaleza sobre los accesos al paso a Bajo Nivel de la calle Nogués.
ART.3º) Dispóngase la señalización pertinente a través de la Oficina Técnica Municipal correspondientes.
ART.4º) Hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en el Art. precedente dispóngase la vigilancia del sector mediante guardias preventivas de la Policía Municipal de Tránsito con fines educativos.
ART.5º) Realícese estudios para establecer paradas de colectivos y preveer futuros estacionamiento para el Parque Infantil.
ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 16 de marzo de 1.989.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone