Ord. 0502/89 Mod. art.2º Ord. 499/89, Fondo Equip., Manten. Insumos Área Salud (derogada)

 VISTO:

El  Decreto Nº 1522/89, el cuál observa la  Ordenanza  N º 499/89 de fecha 16 de marzo de 1.989, en su Art. 2º, y

CONSIDERANDO:

Que  es necesario adoptar el texto de dicho Art. para  que de esa manera pueda adaptarse a las disposiciones vigentes en la materia. 

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

 

ORDENANZA Nº 502/89

 

 

 ART.1º) Modifíquese el Art. 2º de la Ordenanza N º 499/89 el  cuál quedará  redactado  de  la siguiente  manera:  “Todas  las compras a efectuarse con fondos de la Ordenanza Nº 392/88 , y cuyo monto supere las previsiones del Art. 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades y el Art. 41º Inc. 17,  deberá efectuarse  mediante  Licitación Pública a  cuyos  efectos deben  remitir  el correspondiente pliego  de  condiciones para su aprobación por el Concejo.
 ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
 

 

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 22 de marzo de 1.989.

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 Nota: Derogada por Ordenanza 0825/93

 

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