Ord. 0536/89 Designa Abogados con Carácter de agentes fiscales

 VISTO:

 La necesidad de incrementar los cobros por vía de apremio de los distintos tributos municipales, y

 CONSIDERANDO:

 Que para ello sin perjuicio de las acciones que se inicien por  los abogados que forman parte del plantel  municipal, es  necesario el contar con profesionales que estén  fuera de  la estructura administrativa, a los efectos de  contar con una tramitación más ágil de los procedimientos.

 Que  en razón de que los agentes así nombrados  no  tienen derecho  a cobrar honorarios cuando el mismo esta a  cargo del  Municipio y que tampoco tenga retribución  alguna  en los  casos  en que el Municipio resuelva  desistir  de  la acción, es recomendable en compensación otorgar una  comisión. 

 Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

 

ORDENANZA Nº 536/89

 

 

 

ART.1º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a  designar abogados o procuradores con carácter de agentes  fiscales, lo que tendrán a su cargo el cobro de los créditos que  se le encomienden.

 ART.2º) Por su actuación profesional, los agentes fiscales percibirán los honorarios profesionales que determina la ley de aranceles en la materia.

 ART.3º) Los gastos que demanden las tramitaciones estarán a cargo exclusivamente de los agentes judiciales.

 ART.4º) Los agentes judiciales nombrados por la presente ordenanza, no tendrán derecho al cobro de honorarios, cuando  los mismos deban ser abonados por la Municipalidad. Tampoco lo tendrán  cuando la Municipalidad resuelva desistir  de  su cobro cualquiera fuera la causa.

 ART.5º) Facúltase  al Departamento Ejecutivo Municipal  a  abonar una  comisión hasta el 20 % sobre los tributos que  cobren los  agentes judiciales, en concepto de  compensación  por los gastos realizados.

 ART.6º) Los  agentes  nombrados  dependerán de  la  Dirección  de Asuntos Jurídicos.

 ART.7º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar la presente Ordenanza en base a los objetivos expresados.

 ART.8º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 18 de julio de 1.989.

 

 

 

Presidente: Juan Mintzias

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

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