VISTO y CONSIDERANDO:

La Ordenanza Nº 567/89 , de la cuál surge la necesidad  de extender el plazo para el acogimiento de sus beneficios y cargas que fija dicha norma legal.

Que dichas disposiciones coadyuga con el mantenimiento de la  estabilidad económica, en el sentido de poder  sanear con  mayor facilidad los compromisos pendientes  de  pago con el municipio.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 572/89

 

ART.1º) Prorrógase  la  vigencia hasta el día 8 de  Diciembre  de 1.989 el número índice 31.041.537.10 para todas las deudas que legislará la Ordenanza Nº 567/89 .

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 30 de Noviembre de 1989.

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

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