VISTO:
CONSIDERANDO:
Que el espíritu de la norma de referencia es el de coayudar a la gradual absorción del índice de precios del mes de julio pasado.
Que existen potenciales contribuyentes, cuyas rentas han seguido la evolución de precios por el período mencionado.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº579/89
ART.1º) Agrégase al Artículo 2º de
“ La validéz de lo normado en este artículo, comprende todo tipo de construcciones, ya sean en:
a) Los expedientes de edificación correspondientes a proyectos y/o regularizaciones totales cuya superficie cubierta sea inferior o igual a 150 m² , y
b) Los expedientes de edificación correspondientes a ampliaciones, ya sean obra nueva o a regularización cuya superficie cubierta no supere los 150 m² , computándose lo existente.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 28 de Diciembre 1989.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone