VISTO:
El proyecto de Ordenanza por el cuál el Departamento Ejecutivo Municipal solicita se le acuerde un incremento del 30,8 % para el 9no. Anticipo Mensual 1.990 de
CONSIDERANDO:
Que el pedido efectuado por el Sr. Intendente Municipal para el 8vo. Anticipo Mensual, no tuvo eco favorable de parte de algunos concejales, lo que motivó su no tratamiento en las Sesiones de este Concejo, fundado su oposición en el sentido de que los frentistas manifiestan que las tasas que ellos pagan deben tener relación con los servicios que se le prestan.
Que a raíz de que determinados servicios no se prestan en la magnitud deseada por la población, parte de ella se resiste y no paga puntualmente, lo cuál provoca desfasaje financiera a
Que en virtud de todo esto se hace necesario revertir la imagen negativa del ente municipal y para ello hay que procurar por todos los medios cambiar la imagen y ello se logrará aplicando todos os recursos disponibles y los que pueden lograrse mediante la gestión de fondos provenientes de la coparticipación provincial, como así también de cobros a frentista o contribuyentes morosos por distintos ítem. Debe procurarse un mayor rendimiento del personal, realizar tareas de bacheo, zanjeos, erradicación de basurales, etc. para no seguir dando pie a las quejas generalizadas.
Que para esta emergencia y con el ánimo de que
Que teniendo presente que la población a Villa Gobernador Gálvez, está compuesta en su mayoría por familias de escasos recursos, aconsejamos acordar un incremento del 19 % para conformar así las partes.
Que en cuánto al TAP a cobrar a los frentistas de terrenos baldíos, fíjase en la suma de A 12.000.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 664/90
ART.1º) Establécese un incremento del 19 % a partir del 9no. Anticipo Mensual 1.990 de
ART.2º) Fíjase en A 12.000 por mes, en concepto de Tasa de Alumbrado Público a partir de igual período del Art. 1º y que será facturado por
ART.3º) El importe de
ART.4º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a que por Decreto fije los vencimientos del 9no. Anticipo Mensual 1.990.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 30 de noviembre de 1.990
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone