Ord. 0723/92 Cumplimiento Horarios Y Prestacion De Recoleccion Residuos.

VISTO:

Que el momento especial que se vive en el país, donde  la tan  temida enfermedad COLERA ya ha cobrado sus  primeras víctimas en la Pcia. de Salta, donde se confirma que  río Pilcomayo  está contaminado, este es un afluente del  Río Paraná con lo cual irremediablemente tendremos el vibrión colérico en nuestra zona,y

CONSIDERANDO:

 Que  se deben extremar todas las medidas de precaución  en defensa de nuestra población.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº 723/92

 

 

ART.1º) Se cumpla estrictamente con los horarios y prestación  de servicios de recolección de residuos domiciliarios.     

 

ART.2º) Se    aplicación estricta a la  Ordenanza  referida  al arrojo  de  residuos  cloacales y otro  tipo  de  residuos orgánicos en la vía pública, terrenos baldíos o  inmuebles desocupados.

 

ART.3º) Se  aplique la máxima pena a los infractores que  incluya el pago de 200 U.P. más clausura por 30 días y arresto por un término mínimo de 30 días.

 

ART.4º) En  caso de reincidencia las penalidades  se  duplicarán, triplicarán, etc., sucesivamente.

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Febrero 13 1992.

 

 

Presidente: Manuel Casteleiro

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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