VISTO:
El convenio celebrado entre
CONSIDERANDO:
Que
Además en dicho Dictamen se deja expresamente aclarado que no es objeto de este convenio el tema de la concesión del servicio.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 735/92
ART.1º) Homológase el Acta Acuerdo celebrada en fecha 29/11/90 entre
ART.2º) Se deja expresamente aclarado que no es tema de este convenio lo referido a la concesión del servicio público de electricidad, el que nada incidirá en un futuro llamado a Licitación por parte de
ART.3º) Se recomienda que las partes, al efectuar la cancelación de los distintos conceptos, procedan a emitir sus respectivos cheques; dando y recibiendo los recibos que correspondan.
ART:4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Abril 02 1992.
Presidente: Manuel Casteleiro
Pro Secretaria: Victoria Beloni