VISTO:
El Expediente Municipal Nº 8789/90.
El Expediente Nº 046/92.
El Dictamen del Dr. Ricardo Quarantotto, Asesor del Departamento Ejecutivo en Asuntos Jurídicos Municipales y Urbanísticos (expte. Nº 8789/90).
El Proyecto de Ordenanza elevado a este Concejo por el Sr. Intendente Municipal en fecha 30/12/92.
La ley Pcial. Nº 10.734, que incorpora el último párrafo al art. 10 de la ley 2756.
Nota de fecha 04/03/93, suscripta por el Secretario de Hacienda de
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 731/92 del 19/03/92 promulgada por Decreto del Ejecutivo Municipal Nº 287/92 de fecha 31/03/92, se aceptó la donación allí hecha de los terrenos propiedad de la familia Stolfi lo que impide obligar al propietario ha hacer un reglamento de loteo y división de la fracción de terreno ubicada en
Que de acuerdo a lo informado y dictaminado por el Asesor en Asuntos Jurídicos del Departamento Ejecutivo Municipal, existe una situación de gravedad social por la que estaría pasando una numerosa cantidad de familias, vecinos de esta ciudad desde que los vecinos de la zona lindante al loteo de referencia “no gozarían de los servicios de agua, luz, entrada y salida de vehículos; y lo más importante no les quedaría pasillo reglamentario a la arteria más próxima”.
Que existe una imposibilidad física y jurídica de modificar la situación de hecho planteada en dicho sector de la ciudad, por cuanto habiéndose aceptado la donación de terreno para la apertura de la calle, de imponerse la donación de mayor superficie, se estaría incurriendo en una actitud expropiatoria, que dejaría expuesta a
Que
Que
Que existe Partida Presupuestaria con crédito suficiente para realizar el gasto, según se desprende del texto de la nota de fecha 04/03/92, cursada por
Que este caso encuentra perfectamente a lo dispuesto por el Art. 11 Ley 2756 que autoriza a prescindir de
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº820/93
Art.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo a gastar la suma de $4000.- (Pesos Cuatro mil) en la compra directa de una fracción de terrenos ubicada en
Art.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, Marzo 19 de 1993.
Presidente: Manuel Casteleiro
Secretaria: Ismael Brea