Ord. 0849/93 Lic. Púb. Gral. P/ Conc. Uso A Perp. De Frac. Terr. Del Cem. S. Lorenzo, V.G.G.

VISTO:

La ley 2756, Decreto 595/80 s/Reglamento Gral. del  Cementerio, el Decreto-Ordenanza 1726/82, y las Resoluciones de la  Intendencia Municipal Nº 24/92 y …../93  s/Suspensión concesión de terrenos y Excepción a dicha suspensión  respectivamente.-

La  fracción de terreno con estructura de hormigón  armado de  la fundición de un panteón, ubicada en el Sector  Este del Cementerio San Lorenzo, denominado Sector 31, de  propiedad Municipal.-

 

CONSIDERANDO:

Que es imperiosa la necesidad de proceder a la terminación del Panteón, cuya estructura de hormigón armado se va  deteriorando con el transcurso del tiempo y las inclemencias climáticas.-

Que no es conveniente para la Municipalidad destinar grandes  recursos financieros para la concreción de  la  obra, por  existir la posibilidad de que el proyecto se  autofinancie, y a su vez deje un remanente en dinero o en nichos para su posterior concesión de uso a perpetuidad a  particulares, a un costo reducido, y con su producido continuar con  el proyecto de mejoras e infraestructura  general  al que  se encuentra abocado el Departamento Ejecutivo,  cumpliendo con la función social que le atañe.-

Que el terreno sobre el que está implantado dicha  estructura (dominio público municipal), es factible de ser objeto de una concesión de uso, y a tales efectos es necesario llamar  a  licitación pública para la concesión de  uso  a perpetuidad del terreno sobre el que se encuentra  implantada  la estructura de hormigón armado de la fundación  de un panteón.-

Que atento los estudios realizados sobre la resistencia  y capacidad de carga de la estructura de hormigón armado, se ha determinado la construcción de un Panteón de dos  módulos de dos plantas cada uno, con cinco filas de catres por planta debiendo excepcionarse este caso específico que  lo normado por el Decreto-Ordenanza Nº 595/80 pto. o) ítems  2 y 3 y pto. V, que autoriza cuatro filas de catres por  piso por  motivo de acceso dificultoso a esa altura,  pero  que técnicamente puede ser solucionado mediante mesas elevadoras de ataúdes y escaleras portables.-

El dictamen de la comisión de Gobierno de este Concejo Deliberante.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº 849/93

 

 

Art.1º) Llámase a licitación Pública a personas físicas o  Jurídicas  en General para la concesión de uso a perpetuidad  de la fracción de terreno del sector 31 del lado Este del Cementerio   San Lorenzo de Villa Gobernador Gálvez, con  la estructura  de  Hormigón armado existente, de  acuerdo  al pliego de Bases y Condiciones y Especificaciones  Técnicas particulares que corresponden al legajo de licitación.

 

Art.2º) Autorízase  la construcción hasta la quinta (5º) fila  de  catres por planta.

 

Art.3º) El  presupuesto oficial para la concesión de uso a  perpetuidad con estructura de hormigón armado de fundación  de un  panteón,  se establece la suma  de  pesos  doscientos treinta  mil ($230.000.-) y el valor del pliego en  pesos doscientos treinta ($230.-).

 

Art.4º) Previo  a la formalización del contrato de concesión  con  el adjudicatario el Departamento Ejecutivo debe solicitar al Concejo Deliberante dicte Ordenanza autorizándolo a la celebración del mismo.

 

Art.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 17 de Junio de 1993.

 


PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

 

 

ART. 1º: OBJETO DEL PLIEGO:

         El presente pliego establece las bases y condiciones a que se ajustará la Licitación, Adjudicación y Contratación del llamado a Licitación Pública para la concesión de uso de una fracción de terreno con estructura de hormigón armado,  semi construida de la fundación de un panteón en el Cementerio “  San Lorenzo”  de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez,  según las  características  que se adjunta, los que se ajustaran a las  cláusulas  especiales  y técnicas.-

                           

ART. 2º: DOCUMENTACION:

         El presente pliego y demás documentos de la Licitación están a disposición de los interesados y podrán ser consultados en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de lunes a viernes de 7:00 a 13:00 horas.

 

ART. 3º: RETIRO DE LAS BASES DE LICITACION:

         Los interesados en participar en el acto de Licitación podrán retirar el  presente pliego en la Oficina de Receptoría – Edificio Municipal –   Ingeniero  Mosconi 1541 – Villa Gobernador Gálvez, en horario de 7:30 Hs. a  11:45 hs.- 

 

ART. 4º: IMPORTE DEL PRESUPUESTO OFICIAL :

         El monto total es de $ 230.000,- (pesos Doscientos treinta mil).-

 

ART. 5º: PRECIO DE ADQUISICION DEL PLIEGO:

         El  monto del pliego se establece en la suma de $ 230.-  (pesos  doscientos treinta).

 

ART. 6º: MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: 

         Los proponentes están obligados a mantener su oferta durante el plazo de 30 (treinta) días, en su defecto perderán el depósito de garantía a que  se refiere el artículo 11º inciso a) del presente pliego.

         El  plazo del mantenimiento de las propuestas quedará  prorrogado  de pleno derecho hasta el momento de la adjudicación a menos que los oferentes se retracten  por escrito, en cualquier oportunidad, después del  vencimiento  de dicho plazo.

 

ART. 7º: LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION:

         Las  ofertas deben ser presentadas en el lugar que se indique  en  el aviso de Licitación, en horas hábiles de oficina, hasta el día y hora  fijadas para la apertura del acto.

         No serán tenidas en cuenta todas aquellas propuestas que lleguen  por correo o cualquier otro medio, con posterioridad a la fecha y hora indicada en el aviso, aún cuando se justifique con matasellos u otro elemento, de  haberse despachado a tiempo.

 

ART. 8º: REGISTRACION QUE DEBE CUMPLIMENTAR EL OFERENTE:

         a)  Inscripción de los profesionales matriculados en la Provincia  de Santa  Fe,  en el Departamento de Obras Privadas de la Secretaría de  Obras  y Servicios Públicos.-

 

ART. 9º: CONDICIONES DE LOS OFERENTES:

         a) En caso de tratarse de  Sociedades, su período de duración  deberá superar en más de 1 (uno) año el plazo de contratación.

         b) En caso de Mutuales deberán cumplir con la ley 20320.

         c)  Tener capacidad económica y financiera acorde a la concesión  que se licita.

         d) Demostrar por sus antecedentes contar con experiencia en servicios u  obras de características y complejidad similares o superiores a los que  se licitan.

         e)  Fijar  domicilio legal dentro del Municipio de  Villa  Gobernador Gálvez.

 

ART. 10º: CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE LA LICITACION:

          La  presentación de la propuesta significará que quien  la  realiza, conoce la Reglamentación General del Cementerio “San Lorenzo” (Decreto 595/80) y sus modificatorias, la ley 5188 de Obras Públicas y demás normativas  vigentes  y que se ha compenetrado del exacto alcance de las disposiciones  contempladas en el presente Pliego y las acepta de conformidad.

 

ART. 11º: PRESENTACION:

          Para  presentarse a esta Licitación y para que sea válida su  concurrencia el proponente deberá depositar por si o por interpósita persona, en la oficina donde aquella deba verificarse, hasta el día y la hora establecido para la presentación en sobre cerrado, todos los documentos que se exigen en  el artículo  siguiente.  Esta presentación podrá hacerse también por  carta,  sin responsabilidad alguna para esta Municipalidad, por demora o extravío de cualquier origen.-

          En ningún caso el sobre de presentación tendrá membrete ni  inscripción alguna que identifique al proponente y llevar como única leyenda:

“LICITACION PUBLICA DECRETO Nº__________PARA LA CONCESION DE USO A PERPETUIDAD DE  UNA  FRACCION  DE  TERRENO EN EL CEMENTERIO LOCAL  A  VERIFICARSE  EL  DIA ____DE_________DE 1993, A LAS 10:00 HORAS EN CALLE INGENIERO MOSCONI 1541 -VILLA GOBERNADOR GALVEZ.-“

 

ART. 12º: DOCUMENTOS PARA LA PRESENTACION:

          Los documentos que deben incluirse para la presentación son los  siguientes:

          a) Garantía de la propuesta, constituida por el uno por ciento  (1%) del  importe del presupuesto oficial que se licita, pudiendo  ser  formalizada mediante:

            a-1)  Dinero en efectivo en depósito en la Secretaría de  Hacienda de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.-

            a-2)  Títulos de la Nación, Provincia o Municipalidad  que  tengan cotización oficial.-

            a-3) Créditos  no afectados que el proponente tenga a su favor  con la Municipalidad.-

            a-4) Fianza o aval bancario a entera satisfacción de la superioridad, otorgado por Bancos Argentinos o extranjeros debidamente reconocidos  por el  Banco Central de la República Argentina y con sucursal establecida  dentro del territorio de nuestro país.-

            a-5) Fianza mediante póliza de seguros.

          b)  La documentación a que se refiere el artículo 2º visada  por  el proponente y con el recibo que acredite haberlo adquirido antes de la  Licitación.

          c) Constancia de inscripción – Artículo Nº 8.-

          d)  Presentación del número de C.U.I.T., certificación de  pago  del I.V.A.,  Ingresos Brutos, impuesto a las Ganancias, Aportes  Previsionales  de Ley y todo otro tributo que grave la actividad económica del oferente.-

          e) Antecedentes de la empresa.-

          f) La declaración jurada que para cualquier cuestión judicial que se suscite, se acepta la jurisdicción del Juzgado de 1º Instancia de Circuito  Nº 33 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez y en caso de incompetencia los tribunales ordinarios de Rosario.-

          g)  Balance  Económico Financiero y estado  patrimonial  del  ultimo ejercicio, certificado por Contador Público Nacional y legalizado por el  Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Establecer la liquidez de su activo y la exigibilidad de su pasivo a la fecha de la licitación.

 

          h)  SOBRE PROPUESTA: Debidamente cerrado, conteniendo únicamente  la propuesta  con la que el interesado se presente a la Licitación y  llevar  por leyenda:  ” SOBRE PROPUESTA – LICITACION PUBLICA DECRETO Nº__________”                     

            La  omisión de los requisitos exigidos por los incisos a)  y/o  h) será causa de rechazo de la oferta en el mismo acto de apertura por las  autoridades que lo dirijan.-

            La  omisión de lo requerido por los restantes incisos  podrá   ser  suplido  dentro  del  término de CUARENTA Y OCHO (48)

HORAS transcurrido el cual sin que la omisión haya sido subsanada, ser  rechazada la propuesta.-

 

ART. 13º: PROPUESTA:

          Se presentará de conformidad con las siguientes normas:

                   1º) FORMALIDADES: La propuesta se presentará por  duplicado redactado en idioma castellano, sin raspaduras, enmiendas, entre líneas o testaduras, que no se hubieran salvado normalmente al final. Será colocado en  el sobre propuesta conforme a la especificación pertinente, conjuntamente con  el análisis del precio si correspondiera. La propuesta deberá ser firmada debidamente por el proponente.-

                    2º) Las ofertas podrán cotizarse en dólares  estadounidense. Cuando se pague en moneda de curso legal del país, el mismo será  cotizado al valor que fije el Banco de la Nación Argentina al día anterior al pago.-

 

ART. 14º: ACTO DE LICITACION:

          El  acto de licitación se verificará en la oficina que  se  habilite especialmente al efecto en el día y hora establecido con asistencia de funcionarios autorizados y de todas las personas que deseen concurrir al acto.-

          Las personas que invoquen representación, deberán acreditar su  personaría mediante poderes otorgados fehacientemente por los titulares.-

 

ART. 15º: APERTURA DEL SOBRE PRESENTACION:

          El día de la Licitación y a la hora fijada, bajo la presidencia  del Intendente  Municipal y/o Funcionario autorizado, se  anunciará   el    número  de  las propuestas recibidas e inmediatamente se procederá a abrir los  sobres de presentación en presencia de los interesados que concurran al acto, mencionando los documentos con que cada uno se acompaña.-

          Terminado  el examen de la documentación de las propuestas se  dirán las observaciones que tengan que formular los proponentes presentes y/o su representante autorizado o los funcionarios actuantes.-

 

ART. 16º: APERTURA DE LOS SOBRES PROPUESTAS:

          Los sobres propuesta correspondientes a las presentaciones que  llenen los requisitos establecidos, quedarán de hecho incluidos en la  Licitación y serán abiertos, dándose lectura a las propuestas en presencia de los  concurrentes.-

          Terminada la lectura, los proponentes presentes o representantes autorizados, podrán formular las observaciones que crean necesarias.-

 

ART. 17º: OBSERVACIONES:

          Las  observaciones que se formulen durante el acto de la  Licitación deberán  ser concretas y concisas, ajustadas estrictamente a los hechos o  los documentos relacionados en el momento que se observan. Se presentará en  forma verbal, sin admitirse discusión sobre ellas.-

 

ART. 18º: ACTA:

          De todo lo ocurrido en el acto de la Licitación se labrará acta,  el que  previa lectura, será firmado por los funcionarios actuantes y  asistentes que quisieran hacerlo. En este acto se dejará constancia de las  observaciones que se formulen y de las decisiones que adopte el presidente.-

          Todos  los proponentes tendrán derecho a hacer asentar en este  acto las observaciones que a su criterio sean procedentes, y podrán impugnar el acto  o cualquiera de las propuestas dentro del término de 48 (cuarenta y  ocho) horas.-                                   

          La impugnación debe ser fundada.-

 

ART. 19º: MEJORA DE PRECIOS:

                Si entre las propuestas presentadas y admisibles hubieran  dos o más igualmente ventajosas y más convenientes que las demás a criterio de  la Administración, se llamará a mejora de precios en propuesta cerrada entre esos proponentes exclusivamente, dentro de los 15 días a partir de la  notificación del Decreto de llamado a mejora de precios.-

 

 

ADJUDICACION DE LA LICITACION

 

ART. 20º: ACEPTACION DE LA PROPUESTA:

          Cumplidos los trámites administrativos que corresponden, la administración  juzgará en definitiva y resolverá la aceptación que crea  más  conveniente, adjudicando la licitacion al proponente que la hubiera formulado.-

          La  administración podrá también, si así lo estima conveniente,  rechazar todas las propuestas sin que esto de derecho a reclamo de ninguna naturaleza a los interesados en la misma.-

          Igualmente,  si el acto de Licitación hubiera tenido vicios o si  se hubieran violado, por parte de los funcionarios, las disposiciones  establecidas en este pliego, la Autoridad podrá declarar nula la Licitación.-

 

ART. 21º: FORMALIZACION DEL CONTRATO:

         Resuelta  la adjudicación y comunicada oficialmente al  adjudicatario mediante  la copia autenticada del decreto o resolución correspondiente,  esta se presentará dentro de los QUINCE  (15) días subsiguientes para suscribir  el correspondiente Contrato, munido con garantía de cumplimiento del contrato del 10  % del monto de la oferta, pudiéndose constituir la misma como la  garantía de oferta .-

 

ART.  22º: RESCISION DEL CONTRATO:

         La Municipalidad tendrá derecho a rescindir el Contrato a la que esta Licitación  de lugar, sin reconocimiento de indemnización alguna por parte  de la Municipalidad, y sin perjuicio del derecho de ésta a reclamar daños y  perjuicios en los siguientes casos:

         a) Por quiebra, concurso preventivo o concurso civil de la  adjudicataria.-

         b)  Cuando  la adjudicataria se exceda sin causa justificada  en  los plazos.-

         c) En caso de incumplimiento de toda obligación impuesta en el Pliego de Condiciones Generales y Especificaciones Técnicas.-

         d) Cuando sin autorización previa de la Municipalidad, la adjudicataria transfiera o sub-contrate su obligación.-

 

ART. 23º: INFORMACION SUPLEMENTARIA:

         Las  dudas que pudieran originarse con respecto al presente pliego  y otros  documentos  de la Licitación por parte de los interesados  en  formular propuestas, deberán plantearse por escrito ante la Secretaría respectiva, concretando  la  aclaración que estime necesario, la que podrá  efectuarse  hasta CUATRO (4) días antes de la fecha estipulada para la apertura de las  propuestas.-

         Las respuestas serán comunicadas por escrito a todos los  adquirentes del pliego, sin indicar la procedencia de la consulta, a través de  circulares enumeradas correlativamente.Todas las circulares que se emitan quedarán incorporadas al pliego y formarán parte de él.

          Las empresas no podrán argumentar desconocimiento de las  circulares por falta de recibo, debiendo concurrir obligatoriamente a la Municipalidad el tercer día hábil anterior a la apertura, a tomar conocimiento y retirar  copia de las circulares emitidas. La Municipalidad extenderá constancia del  cumplimiento de este requisito.     

 

ART. 24º: TRANSCRIPCION ART. 18 DE LA LEY 2756:

         “Cuando la Municipalidad fuera condenada al pago de una deuda  cualquiera, la Corporación arbitrará dentro del término de seis meses siguientes a la notificación de la sentencia respectiva, la forma de verificar el pago. Esta prescripción formará parte integrante, bajo pena de nulidad, de todo acto o contrato que las autoridades comunales celebren en representación  del Municipio, y deberá ser transcripta en toda escritura pública o contrato que se  celebre con particulares”


LICITACION PÚBLICA: CONCESION DE USO A PERPETUIDAD DE UNA  FRACCION DE TERRENO, CON FUNDACION SEMICONSTRUIDA DE HORMIGON ARMADO, EN EL CEMENTERIO SAN LORENZO DE VILLA GOBERNADOR GALVEZ.-

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES ESPECIALES.

 

ART.1º: Objeto del Pliego:

                        La licitación para la concesión de uso a  perpetuidad  de una fracción de terreno, con estructura con estructura de  hormigón Armado, semiconstruida de la fundación en el Cementerio San Lorenzo, de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.

 

ART.2º: Ubicación y Dimensiones:

                        La fracción de terrenos objeto del pliego es  de propiedad  municipal, y está ubicada en el sector Este del Cementerio  y  está denominada  sector 31, lindando con las calles Nº 16 (Norte), Nº 18  (Sur),  Nº 5 (Oeste) y Nº 7 (Este). Las dimensiones del predio es de 18mts. por 35mts.

 

ART.3º: Destino del Predio:

                        La fracción de terreno está destinada a la construcción de un panteón de planta baja y alta, adjuntándose el plano de estructura  de  la fundación y el anteproyecto tentativo de las plantas  del  futuro panteón a construirse por etapas. La estructura existente fue construida  hace tiempo y posee deterioro de hormigón y armaduras, que hacen insegura una  edificación de 4 plantas para la cual fue edificada la estructura mencionada.

 

ART.4º: Presupuesto Oficial:

                        El  monto total del terreno y estructura  es  de $230.000 (Pesos Doscientos treinta mil) o su equivalente en nichos.-

 

ART.5º: Propuesta:

                        El  oferente propondrá la forma de  cancelar  la deuda  emergente de la concesión de Uso a Perpetuidad (Terreno más  estructura existente  semiconstruida). La forma de pago podrá ser en moneda de curso  legal, dólares estadounidenses, o bien a través de la cesión de nichos,  valuándose los mismos  acorde la cotización promedio de idéntico bien  y  similares condiciones. Será factible cancelar la deuda en hasta dieciséis cuotas mensuales iguales y consecutivas las que se devengarán transcurridos 120 días de  la adjudicación.

 

ART.6º: El oferente que proponga cancelar la deuda de contado gozará del beneficio de un descuento del doce por ciento, directo calculado sobre el valor antes mencionado. En tanto que el pago de cuotas mensuales será recargado con un interés del uno por ciento mensual sobre saldos.

 

ART.7º: Una vez terminada las etapas constructivas, habilitados  los  módulos parciales y entregados los nichos ó su equivalente en moneda de curso legal, o dólares estadounidenses a la Municipalidad, esta entregará a la entidad  adjudicataria los títulos de uso a perpetuidad de los nichos remanentes.-

 

CONDICIONES COMPLEMENTARIAS:

 

                        Oferta: se deberá presentar, el anteproyecto del panteón a construirse según las condiciones y especificaciones técnicas particulares, el mismo tendrá que ser firmado por un profesional habilitado,  quien luego  de la adjudicación será el responsable de la conducción técnica  de  la obra y de la presentación del expediente de edificación reglamentaria para  la aprobación municipal, estando a cargo de la empresa el pago del correspondiente permiso municipal; con el expediente mencionado se presentará el estudio de la  estructura de fundación existente, donde consta el tipo de reparaciones  y elementos estructurales necesarios para obtener la capacidad de carga  necesaria, firmado por profesional responsable.

                        El o los profesionales actuantes deberán inscribirse en el Departamento de Obras Privadas de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.-

 

 

Presidente: Magdalena Sarache

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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