VISTO:
La ley 2756, Decreto 595/80 s/Reglamento Gral. del Cementerio, el Decreto-Ordenanza 1726/82, y las Resoluciones de
La fracción de terreno con estructura de hormigón armado de la fundición de un panteón, ubicada en el Sector Este del Cementerio San Lorenzo, denominado Sector 31, de propiedad Municipal.-
CONSIDERANDO:
Que es imperiosa la necesidad de proceder a la terminación del Panteón, cuya estructura de hormigón armado se va deteriorando con el transcurso del tiempo y las inclemencias climáticas.-
Que no es conveniente para
Que el terreno sobre el que está implantado dicha estructura (dominio público municipal), es factible de ser objeto de una concesión de uso, y a tales efectos es necesario llamar a licitación pública para la concesión de uso a perpetuidad del terreno sobre el que se encuentra implantada la estructura de hormigón armado de la fundación de un panteón.-
Que atento los estudios realizados sobre la resistencia y capacidad de carga de la estructura de hormigón armado, se ha determinado la construcción de un Panteón de dos módulos de dos plantas cada uno, con cinco filas de catres por planta debiendo excepcionarse este caso específico que lo normado por el Decreto-Ordenanza Nº 595/80 pto. o) ítems 2 y 3 y pto. V, que autoriza cuatro filas de catres por piso por motivo de acceso dificultoso a esa altura, pero que técnicamente puede ser solucionado mediante mesas elevadoras de ataúdes y escaleras portables.-
El dictamen de la comisión de Gobierno de este Concejo Deliberante.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 849/93
Art.1º) Llámase a licitación Pública a personas físicas o Jurídicas en General para la concesión de uso a perpetuidad de la fracción de terreno del sector 31 del lado Este del Cementerio San Lorenzo de Villa Gobernador Gálvez, con la estructura de Hormigón armado existente, de acuerdo al pliego de Bases y Condiciones y Especificaciones Técnicas particulares que corresponden al legajo de licitación.
Art.2º) Autorízase la construcción hasta la quinta (5º) fila de catres por planta.
Art.3º) El presupuesto oficial para la concesión de uso a perpetuidad con estructura de hormigón armado de fundación de un panteón, se establece la suma de pesos doscientos treinta mil ($230.000.-) y el valor del pliego en pesos doscientos treinta ($230.-).
Art.4º) Previo a la formalización del contrato de concesión con el adjudicatario el Departamento Ejecutivo debe solicitar al Concejo Deliberante dicte Ordenanza autorizándolo a la celebración del mismo.
Art.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 17 de Junio de 1993.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
ART. 1º: OBJETO DEL PLIEGO:
El presente pliego establece las bases y condiciones a que se ajustará
ART. 2º: DOCUMENTACION:
El presente pliego y demás documentos de
ART. 3º: RETIRO DE LAS BASES DE LICITACION:
Los interesados en participar en el acto de Licitación podrán retirar el presente pliego en
ART. 4º: IMPORTE DEL PRESUPUESTO OFICIAL :
El monto total es de $ 230.000,- (pesos Doscientos treinta mil).-
ART. 5º: PRECIO DE ADQUISICION DEL PLIEGO:
El monto del pliego se establece en la suma de $ 230.- (pesos doscientos treinta).
ART. 6º: MANTENIMIENTO DE
Los proponentes están obligados a mantener su oferta durante el plazo de 30 (treinta) días, en su defecto perderán el depósito de garantía a que se refiere el artículo 11º inciso a) del presente pliego.
El plazo del mantenimiento de las propuestas quedará prorrogado de pleno derecho hasta el momento de la adjudicación a menos que los oferentes se retracten por escrito, en cualquier oportunidad, después del vencimiento de dicho plazo.
ART. 7º: LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION:
Las ofertas deben ser presentadas en el lugar que se indique en el aviso de Licitación, en horas hábiles de oficina, hasta el día y hora fijadas para la apertura del acto.
No serán tenidas en cuenta todas aquellas propuestas que lleguen por correo o cualquier otro medio, con posterioridad a la fecha y hora indicada en el aviso, aún cuando se justifique con matasellos u otro elemento, de haberse despachado a tiempo.
ART. 8º: REGISTRACION QUE DEBE CUMPLIMENTAR EL OFERENTE:
a) Inscripción de los profesionales matriculados en
ART. 9º: CONDICIONES DE LOS OFERENTES:
a) En caso de tratarse de Sociedades, su período de duración deberá superar en más de 1 (uno) año el plazo de contratación.
b) En caso de Mutuales deberán cumplir con la ley 20320.
c) Tener capacidad económica y financiera acorde a la concesión que se licita.
d) Demostrar por sus antecedentes contar con experiencia en servicios u obras de características y complejidad similares o superiores a los que se licitan.
e) Fijar domicilio legal dentro del Municipio de Villa Gobernador Gálvez.
ART. 10º: CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE
La presentación de la propuesta significará que quien la realiza, conoce
ART. 11º: PRESENTACION:
Para presentarse a esta Licitación y para que sea válida su concurrencia el proponente deberá depositar por si o por interpósita persona, en la oficina donde aquella deba verificarse, hasta el día y la hora establecido para la presentación en sobre cerrado, todos los documentos que se exigen en el artículo siguiente. Esta presentación podrá hacerse también por carta, sin responsabilidad alguna para esta Municipalidad, por demora o extravío de cualquier origen.-
En ningún caso el sobre de presentación tendrá membrete ni inscripción alguna que identifique al proponente y llevar como única leyenda:
“LICITACION PUBLICA DECRETO Nº__________PARA
ART. 12º: DOCUMENTOS PARA
Los documentos que deben incluirse para la presentación son los siguientes:
a) Garantía de la propuesta, constituida por el uno por ciento (1%) del importe del presupuesto oficial que se licita, pudiendo ser formalizada mediante:
a-1) Dinero en efectivo en depósito en
a-2) Títulos de
a-3) Créditos no afectados que el proponente tenga a su favor con
a-4) Fianza o aval bancario a entera satisfacción de la superioridad, otorgado por Bancos Argentinos o extranjeros debidamente reconocidos por el Banco Central de
a-5) Fianza mediante póliza de seguros.
b) La documentación a que se refiere el artículo 2º visada por el proponente y con el recibo que acredite haberlo adquirido antes de
c) Constancia de inscripción – Artículo Nº 8.-
d) Presentación del número de C.U.I.T., certificación de pago del I.V.A., Ingresos Brutos, impuesto a las Ganancias, Aportes Previsionales de Ley y todo otro tributo que grave la actividad económica del oferente.-
e) Antecedentes de la empresa.-
f) La declaración jurada que para cualquier cuestión judicial que se suscite, se acepta la jurisdicción del Juzgado de 1º Instancia de Circuito Nº 33 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez y en caso de incompetencia los tribunales ordinarios de Rosario.-
g) Balance Económico Financiero y estado patrimonial del ultimo ejercicio, certificado por Contador Público Nacional y legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Establecer la liquidez de su activo y la exigibilidad de su pasivo a la fecha de la licitación.
h) SOBRE PROPUESTA: Debidamente cerrado, conteniendo únicamente la propuesta con la que el interesado se presente a
La omisión de los requisitos exigidos por los incisos a) y/o h) será causa de rechazo de la oferta en el mismo acto de apertura por las autoridades que lo dirijan.-
La omisión de lo requerido por los restantes incisos podrá ser suplido dentro del término de CUARENTA Y OCHO (48)
HORAS transcurrido el cual sin que la omisión haya sido subsanada, ser rechazada la propuesta.-
ART. 13º: PROPUESTA:
Se presentará de conformidad con las siguientes normas:
1º) FORMALIDADES: La propuesta se presentará por duplicado redactado en idioma castellano, sin raspaduras, enmiendas, entre líneas o testaduras, que no se hubieran salvado normalmente al final. Será colocado en el sobre propuesta conforme a la especificación pertinente, conjuntamente con el análisis del precio si correspondiera. La propuesta deberá ser firmada debidamente por el proponente.-
2º) Las ofertas podrán cotizarse en dólares estadounidense. Cuando se pague en moneda de curso legal del país, el mismo será cotizado al valor que fije el Banco de
ART. 14º: ACTO DE LICITACION:
El acto de licitación se verificará en la oficina que se habilite especialmente al efecto en el día y hora establecido con asistencia de funcionarios autorizados y de todas las personas que deseen concurrir al acto.-
Las personas que invoquen representación, deberán acreditar su personaría mediante poderes otorgados fehacientemente por los titulares.-
ART. 15º: APERTURA DEL SOBRE PRESENTACION:
El día de
Terminado el examen de la documentación de las propuestas se dirán las observaciones que tengan que formular los proponentes presentes y/o su representante autorizado o los funcionarios actuantes.-
ART. 16º: APERTURA DE LOS SOBRES PROPUESTAS:
Los sobres propuesta correspondientes a las presentaciones que llenen los requisitos establecidos, quedarán de hecho incluidos en
Terminada la lectura, los proponentes presentes o representantes autorizados, podrán formular las observaciones que crean necesarias.-
ART. 17º: OBSERVACIONES:
Las observaciones que se formulen durante el acto de
ART. 18º: ACTA:
De todo lo ocurrido en el acto de
Todos los proponentes tendrán derecho a hacer asentar en este acto las observaciones que a su criterio sean procedentes, y podrán impugnar el acto o cualquiera de las propuestas dentro del término de 48 (cuarenta y ocho) horas.-
La impugnación debe ser fundada.-
ART. 19º: MEJORA DE PRECIOS:
Si entre las propuestas presentadas y admisibles hubieran dos o más igualmente ventajosas y más convenientes que las demás a criterio de
ADJUDICACION DE
ART. 20º: ACEPTACION DE
Cumplidos los trámites administrativos que corresponden, la administración juzgará en definitiva y resolverá la aceptación que crea más conveniente, adjudicando la licitacion al proponente que la hubiera formulado.-
La administración podrá también, si así lo estima conveniente, rechazar todas las propuestas sin que esto de derecho a reclamo de ninguna naturaleza a los interesados en la misma.-
Igualmente, si el acto de Licitación hubiera tenido vicios o si se hubieran violado, por parte de los funcionarios, las disposiciones establecidas en este pliego,
ART. 21º: FORMALIZACION DEL CONTRATO:
Resuelta la adjudicación y comunicada oficialmente al adjudicatario mediante la copia autenticada del decreto o resolución correspondiente, esta se presentará dentro de los QUINCE (15) días subsiguientes para suscribir el correspondiente Contrato, munido con garantía de cumplimiento del contrato del 10 % del monto de la oferta, pudiéndose constituir la misma como la garantía de oferta .-
ART. 22º: RESCISION DEL CONTRATO:
a) Por quiebra, concurso preventivo o concurso civil de la adjudicataria.-
b) Cuando la adjudicataria se exceda sin causa justificada en los plazos.-
c) En caso de incumplimiento de toda obligación impuesta en el Pliego de Condiciones Generales y Especificaciones Técnicas.-
d) Cuando sin autorización previa de
ART. 23º: INFORMACION SUPLEMENTARIA:
Las dudas que pudieran originarse con respecto al presente pliego y otros documentos de
Las respuestas serán comunicadas por escrito a todos los adquirentes del pliego, sin indicar la procedencia de la consulta, a través de circulares enumeradas correlativamente.Todas las circulares que se emitan quedarán incorporadas al pliego y formarán parte de él.
Las empresas no podrán argumentar desconocimiento de las circulares por falta de recibo, debiendo concurrir obligatoriamente a
ART. 24º: TRANSCRIPCION ART. 18 DE
“Cuando
LICITACION PÚBLICA: CONCESION DE USO A PERPETUIDAD DE UNA FRACCION DE TERRENO, CON FUNDACION SEMICONSTRUIDA DE HORMIGON ARMADO, EN EL CEMENTERIO SAN LORENZO DE VILLA GOBERNADOR GALVEZ.-
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES ESPECIALES.
ART.1º: Objeto del Pliego:
La licitación para la concesión de uso a perpetuidad de una fracción de terreno, con estructura con estructura de hormigón Armado, semiconstruida de la fundación en el Cementerio San Lorenzo, de
ART.2º: Ubicación y Dimensiones:
La fracción de terrenos objeto del pliego es de propiedad municipal, y está ubicada en el sector Este del Cementerio y está denominada sector 31, lindando con las calles Nº 16 (Norte), Nº 18 (Sur), Nº 5 (Oeste) y Nº 7 (Este). Las dimensiones del predio es de 18mts. por 35mts.
ART.3º: Destino del Predio:
La fracción de terreno está destinada a la construcción de un panteón de planta baja y alta, adjuntándose el plano de estructura de la fundación y el anteproyecto tentativo de las plantas del futuro panteón a construirse por etapas. La estructura existente fue construida hace tiempo y posee deterioro de hormigón y armaduras, que hacen insegura una edificación de 4 plantas para la cual fue edificada la estructura mencionada.
ART.4º: Presupuesto Oficial:
El monto total del terreno y estructura es de $230.000 (Pesos Doscientos treinta mil) o su equivalente en nichos.-
ART.5º: Propuesta:
El oferente propondrá la forma de cancelar la deuda emergente de la concesión de Uso a Perpetuidad (Terreno más estructura existente semiconstruida). La forma de pago podrá ser en moneda de curso legal, dólares estadounidenses, o bien a través de la cesión de nichos, valuándose los mismos acorde la cotización promedio de idéntico bien y similares condiciones. Será factible cancelar la deuda en hasta dieciséis cuotas mensuales iguales y consecutivas las que se devengarán transcurridos 120 días de la adjudicación.
ART.6º: El oferente que proponga cancelar la deuda de contado gozará del beneficio de un descuento del doce por ciento, directo calculado sobre el valor antes mencionado. En tanto que el pago de cuotas mensuales será recargado con un interés del uno por ciento mensual sobre saldos.
ART.7º: Una vez terminada las etapas constructivas, habilitados los módulos parciales y entregados los nichos ó su equivalente en moneda de curso legal, o dólares estadounidenses a
CONDICIONES COMPLEMENTARIAS:
Oferta: se deberá presentar, el anteproyecto del panteón a construirse según las condiciones y especificaciones técnicas particulares, el mismo tendrá que ser firmado por un profesional habilitado, quien luego de la adjudicación será el responsable de la conducción técnica de la obra y de la presentación del expediente de edificación reglamentaria para la aprobación municipal, estando a cargo de la empresa el pago del correspondiente permiso municipal; con el expediente mencionado se presentará el estudio de la estructura de fundación existente, donde consta el tipo de reparaciones y elementos estructurales necesarios para obtener la capacidad de carga necesaria, firmado por profesional responsable.
El o los profesionales actuantes deberán inscribirse en el Departamento de Obras Privadas de
Presidente: Magdalena Sarache
Secretaria: Nestor Espinoza