Ord. 0856/93 Establec. Val. Arrend. Nichos P/ 10 Años, Desc. Pago Cont. Y Otorg. Plan Facilidades.

VISTO: La  Ordenanza Tributaria804/92 , la cual en su  artículo 10  Inc. 9 establece los valores para el arrendamiento  de nichos construidos en le solar “P” del nuevo cementerio, y el Código Fiscal Municipal (Ordenanza Nº 619/90 ), y

 

CONSIDERANDO: Que  el  Departamento  Ejecutivo  Municipal  se  encuentra construyendo  nuevas  galerías de nichos en el  solar  “Q” cuyos valores no están previstos en la Ordenanza  Tributaria vigente.

Que  a los efectos es necesario determinar nuevos  valores de  concreción  temporaria acorde al costo  actual  de  la construcción.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº 856/93

 

 

ART.1º) Establécese para el arrendamiento  de nichos los  siguientes valores:

 

                   $330.-        1º y 4º Fila

                   $385.-        2º y 3º Fila

 

ART.2º) Determínese  un  descuento del 10% por  pago  al  contado  sobre los valores citados en el Artículo 1º.

 

ART.3º) Otórgase un plan de facilidades de pago de hasta seis (6)  cuotas, debiendo abonarse un anticipo mínimo del 20% y  el saldo en hasta seis (6) cuotas mensuales iguales y  consecutivas  con el interés del 3% mensual sobre saldos  según reza el cuadro siguiente:

 

TIPO DE NICHO      VALOR TOTAL                 FORMA DE PAGO

A ARRENDAR        POR 10 AÑOS     CONTADO – PLAN 6 CUOTAS – ANTICIPO C/CUOTA

1º Y 4º FILA        $330.-           $300.-         $66.-           $48,65.

2º Y 3º FILA        $385.-           $346,50.       $77.-           $56,72

 

ART.4º) El  arrendatario que no cancele las cuotas fijadas en  el  convenio de que forma parte de la presente Ordenanza a  la fecha  de  su vencimiento, será pasible  de  los  recargos previstos en la Ordenanza Tributaria vigente.

 

ART.5º) Vencido el término del arrendamiento fijado en el  artículo  1º; el arrendatario tendrá opción de renovar el  mismo por  otros diez (10) años a los valores que  oportunamente se establezcan a tales efectos.

 

ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Concejo Deliberante, 8 de Julio de 1993.

 

 

Presidente: Magdalena Sarache

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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