Ord. 0908/93 Modif. Recorridos Emp. América T. A., Y Autor. Al Dpto. Ejec. A Suscr. Convenio.

VISTO:

El mal funcionamiento de algunos recorridos sobre el éjido Urbano, de la Empresa América T.A. S.R.L.

Las conversaciones mantenidas con el Gerente de la Empresa mencionada para dar una solución definitiva al usuario del transporte de pasajeros, y

 

CONSIDERANDO:

Los acuerdos verbales a que se arribaron para mantener  un equilibrio justo entre Empresario y Usuario.

Que  los  vecinos reclaman un servicio  de  transporte  de pasajeros  que satisfaga sus peticiones, las que  resultan ser razonables y valederas.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 908/93

 

 

ART.1º) Autorízase  al Departamento Ejecutivo a modificar  los actuales  recorridos  de  las líneas Roja, Verde, y Blanca, de la  Empresa  América T.A. S.R.L., las que quedarán diagramadas de la siguiente manera:

                  Línea  Roja,  Ida: Frigorífico  Swift,  Juan  D. Perón, Stgo. del Estero, 17 de Octubre, Fornieles, Int. Andreu, Cte. Espora, Chile, Estrada, Laprida, Belgrano, San Martín a Rosario.

                  Vuelta,  desde Rosario: Av. San Martín,  Emilio  Zolá, Estrada,  Chile, Cte. Espora, Int. Andreu, Fornieles, 17  de  Octubre, Stgo. del Estero, Juan D. Perón, Frigorífico Swift.

                  Línea  Verde,  Ida: Punta de Línea San  Luís  y  Cte. Espora, San Luís, San Diego, Juan D. Perón, Av. San Martín, a Rosario.

                  Vuelta, Desde Rosario: Av. San Martín, Moreno, Pasteur, Juan  D. Perón, San Diego, San Luís, Punta de línea Cte. Espora y  San Luís.

                  Línea  Blanca,  desde Rosario: Av. San  Martín,  Velez Sarfield,  Monteagudo, San Diego, San Martín,  Balcarce,  Avellaneda, Mitre,  Pedro Oppici, Bordabehere, Av. Filippini, Sold. Aguirre,  Bs. Aires, Camino Temporelli, Cementerio.

                  Vuelta:   Cementerio,  Camino  Temporelli,   Bs. Aires, Sold. Aguirre,  Filippini, Levalle, Iriondo, Gral.  Mosconi,  Urquiza, Libertad, Rivadavia, San Diego, San Martín a Rosario.

 

ART.2º) El Departamento Ejecutivo se encontrará en condiciones de  autorizar definitivamente  los  nuevos recorridos previa  presentación  de  los cuadros horarios y frecuencias.-

 

ART.3º) Autorízase  al Departamento Ejecutivo a suscribir un convenio  con  la Empresa América T.A. S.R.L. a fin de determinar la conformidad de  la misma con relación a todos los recorridos que efectúe en la ciudad de Villa Gdor. Gálvez.-

 

Art.4º) Comunicar a la Empresa América T.A. S.R.L. que en el caso de solicitar en  el  futuro algún cambio de recorrido, deberá notificarlo  con  60 días  de anticipación, no pudiendo hacer ninguna modificación  a  las vigentes ni levantar servicio alguno si previamente no cumple con  lo enunciado.-

 

ART.5º) Derógase toda disposición que se oponga a la presente.

 

ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Concejo Deliberante, 30 de Octubre de 1993.

 

 

 

                                                                         ACTA – CONVENIO

 

En  la  Ciudad  de Villa Gdor. Gálvez a los 30 días  del  mes  de Octubre  de  1.993, entre el DEPARTAMENTO  EJECUTIVO  MUNICIPAL; EL Concejo Deliberante, por una parte y la Empresa América T.A. S.R.L por la otra parte ,se decide celebrar el presente convenio que se regirá  por  las sig. cláusulas:

PRIMERO: La Empresa  América  T.A. S.R.L.  cumplirá  a partir del 1 de Noviembre de  1.993  con  los recorridos  estipulados  por  el  Art.  1º  de  la  Ordenanza  Nº   para  las Líneas ROJA, VERDE, BLANCA Y AMARILLA.

SEGUNDA: La  Empresa América  T.A.  S.R.L. se compromete a presentar  al  DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL el cuadro horario de las cuatro líneas en  el plazo  perentorio de 10 días a partir de la firma del presente  y elevar  al  DEPARTAMENTO EJECUTIVO toda  modificación  de  cuadro horario  autorizada en el futuro por la SECRETARIA DE  TRANSPORTE DE  LA PROVINCIA DE SANTA FE.

TERCERA: La Empresa se compromete  a cumplir con las cuatro líneas una frecuencia horaria promedio  de 20  (veinte)minutos  en horario diurno y  días  hábiles

.CUARTA: Queda  expresamente convenido que la Empresa América .T.A.  S.R.L no podrá efectuar modificaciones de recorridos ni levantar servicio alguno sin previa notificación al DEPARTAMENTO EJECUTIVO  con una anticipación no menor a 60 días.

QUINTA: Las partes se  comprometen  ,para  el caso de que en el futuro la Ciudad  contara  con nuevas arterias pavimentadas, a estudiar en un todo de acuerdo  la posibilidad  de  extensión y  cambios  de  recorridos.

SEXTA: Queda expresamente  convenido entre las partes ,que  el  incumplimiento por  parte de la Empresa América T.A. S.R.L de cualquiera de  las obligaciones  asumidas  salvo caso fortuito o  fuerza  mayor, hará caducar  automáticamente y sin necesidad de interpelación  alguna la   autorización  de  recorridos  estipulada  en   la   cláusula primera.

SEPTIMA: Los  recorridos autorizados por la  Ordenanza  Nº     revisten  el carácter de provisorios hasta tanto  sean  aprobados por  la SECRETARIA DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA ,momento  en  el cual se convertirán en definitivos.

FIRMANTES: En representación de América  T.A. S.R.L AGUSTIN BERMUDEZ, CI DE LA POLICIA DE LA  PROVINCIA DE SANTA FE Nº 653.775,que lo hace en su carácter de Socio Gerente; en representación del DEPARTAMENTO EJECUTIVO el INTENDENTE MUNICIPAL DON JORGE PEDRO GONZALEZ Y EL SECRETARIO DE GOBIERNO EDUCACION Y CULTURA Dr. OSCAR ARMANDO ERCOLI; en representación del Concejo  Deliberante  lo  hace su  PRESIDENTA  MAGDALENA  MATILDE SARACHE  Y demás Concejales presentes ,con lo que no siendo  para más  se da por finalizado el acto que previa lectura y  ratificación   firman  las  partes  en  tres  ejemplares   de   idénticos tenor.————————–.-

 

 

Presidente: Magdalena Sarache

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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