VISTO:
El expte. Nº12921/93 del 24 de Noviembre de 1993, por el cual el Ingeniero Geógrafo MIGUEL ANGEL PRECE, solicita la aprobación de los planes de mensura, urbanización y loteo de una propiedad del Señor MARIO PESCI, y
CONSIDERANDO:
Que el Señor propietario ha efectuado la correspondiente donación de calles, pasajes y espacios verdes a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según Actas de Donación inserta en folios Nº7, 8, 9, 10, 11 y 12 inclusive del mencionado expediente.
Que las medidas de los lotes resultantes de la división están de acuerdo al reglamento de loteo vigente en esa Municipalidad.
Que se han efectuado las obras correspondientes solicitadas en el Reglamento de Uso y División del Sueldo aprobado por Ordenanza Nº71/74.
Que se ha efectuado un Acta Compromiso entre el Señor Propietario y la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez por el cual compromete a efectuar la forestación en el momento que sea el tiempo adecuado para ello.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 934/93
ART.1º) Apruébese la Mensura, Urbanización y Loteo de una fracción de terreno ubicada en la Sección 5ta., designada como Polígono “A”, parcela Nº6, Subparcela Nº2 según plano de mensura Nº12407 del año a956 y cuyos Dominios son a) Tomo Nº246 “B” – Folio Nº1125 Nº109891 – Departamento Rosario de fecha 28/11/58 y b) Tomo Nº294 “C” – Folio Nº1955, Nº133356 – Departamento Rosario de fecha 10/12/65, dando origen a las manzanas: 40 “A” con lotes desde el número 1 al 15 inclusive, manzana Nº40 “B” con lotes desde el 16 al 33 inclusive, manzana letra 1″C” y manzana letra 1″D”, según el plano confeccionado por el Ingeniero Geógrafo Miguel Angel Prece.
ART.2º) Acéptese la donación de una fracción de terrenos de 3157,17m² de superficie destinado a espacio verde a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según planos de mensura que se adjunta.
ART.3º) Acéptese la donación de una fracción de terreno de 6252,66 m² de superficie para calles públicas y pasajes a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según plano de mensura que es parte del presente expediente
ART.4º) Hágase saber que la escrituración del predio cedido para espacios verdes, se llevará a cabo dentro de los 90 días de la fecha de aprobación del expediente mencionado, ante Escribano Público que designe la Municipalidad.
ART.5º) Facúltase al Departamento Ejecutivo a firmar un convenio con los propietarios del loteo a fin de que los mismos realicen debidamente la obra de instalación de la red de agua potable y el compactado de calle 20 de Junio; Pje. Pesci y José Ingenieros, en el término perentorio de noventa (90) días.
ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Concejo Deliberante, 30 de Diciembre de 1993.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza