Ord. 0934/93 . Mensura, Urb. Y Loteo Frac. Terreno Ubicado Secc. 5º, Lotes Del 1 Al 33.

VISTO:

 

El  expte. Nº12921/93 del 24 de Noviembre de 1993, por  el cual el Ingeniero Geógrafo MIGUEL ANGEL PRECE, solicita la aprobación de los planes de mensura, urbanización y  loteo de una propiedad del Señor MARIO PESCI, y

 

CONSIDERANDO:

 

 Que el Señor propietario ha efectuado la  correspondiente donación de calles, pasajes y espacios verdes a la Municipalidad  de Villa Gobernador Gálvez, según Actas de  Donación  inserta en folios Nº7, 8, 9, 10, 11 y  12  inclusive del mencionado expediente.

Que  las medidas de los lotes resultantes de  la  división están  de  acuerdo al reglamento de loteo vigente  en  esa Municipalidad.

Que se han efectuado las obras correspondientes  solicitadas en el Reglamento de Uso y División del Sueldo aprobado por Ordenanza Nº71/74.

Que  se  ha efectuado un Acta Compromiso  entre  el  Señor Propietario y la Municipalidad de Villa Gobernador  Gálvez por  el  cual compromete a efectuar la forestación  en  el momento que sea el tiempo adecuado para ello.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº 934/93

 

 

ART.1º) Apruébese  la Mensura, Urbanización y Loteo de  una  fracción de terreno ubicada en la Sección 5ta., designada como Polígono  “A”, parcela Nº6, Subparcela Nº2 según plano  de mensura Nº12407 del año a956 y cuyos Dominios son a)  Tomo Nº246  “B” – Folio Nº1125 Nº109891 – Departamento  Rosario de  fecha  28/11/58 y b) Tomo Nº294 “C”  –  Folio  Nº1955, Nº133356  – Departamento Rosario de fecha 10/12/65,  dando origen a las manzanas: 40 “A” con lotes desde el número  1 al 15 inclusive, manzana Nº40 “B” con lotes desde el 16 al 33  inclusive,  manzana letra 1″C” y manzana  letra  1″D”, según  el  plano confeccionado por el  Ingeniero  Geógrafo Miguel Angel Prece.

 

ART.2º) Acéptese  la  donación  de una fracción  de  terrenos  de  3157,17m²  de  superficie destinado a espacio verde  a  la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según planos  de mensura que se adjunta.

 

 

ART.3º) Acéptese  la  donación  de una  fracción  de  terreno  de  6252,66 m² de superficie para calles públicas y pasajes  a la  Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según  plano de mensura que es parte del presente expediente

 

ART.4º) Hágase saber que la escrituración del predio cedido  para  espacios  verdes, se llevará a cabo dentro de los 90  días de la fecha de aprobación del expediente mencionado,  ante Escribano Público que designe la Municipalidad.

 

ART.5º) Facúltase al Departamento Ejecutivo a firmar un  convenio  con  los  propietarios del loteo a fin de que  los  mismos realicen  debidamente la obra de instalación de la red  de agua  potable y el compactado de calle 20 de  Junio;  Pje. Pesci  y  José  Ingenieros, en el  término  perentorio  de noventa (90) días.

 

ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Concejo Deliberante, 30 de Diciembre de 1993.

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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