VISTO:
El expte. Nº 816/94.
CONSIDERANDO:
Los problemas que últimamente están sufriendo los transportistas de líquidos residuales, en la boca de descarga de la ciudad de Rosario, no sólo por los inconvenientes planteados por
Que los transportistas están inscriptos en el registro de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, por lo que aportan los impuestos correspondientes a este Municipio.
Que la red cloacal del Barrio FO.NA.VI. ha sido reparada recientemente, lo que permitiría en su descarga realizar algunas modificaciones.
Que
Que fundamentalmente es un problema de nuestra comunidad, no pudiendo encontrarse una solución definitiva hasta no tener nuestra propia red cloacal.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 989/94
ART.1º) Autorízase a
ART.2º) La boca de descarga podrá ser utilizada exclusivamente por los camiones autorizados y/o registrados en el Municipio de Villa Gobernador Gálvez.
ART.3º) Para el caso de excepciones por fuerza mayor, de localidades vecinas, deberá tener autorización expresa de
ART.4º) No podrá ser utilizado la boca de descarga, por vehículos autorizados, los días Sábados desde las 17:00 horas hasta los días Lunes a las 00:00 horas; como tampoco los días feriados.
ART.5º)
ART.6º) Colóquese carteles indicadores de letras grandes en el lugar con las reglamentaciones de esta Ordenanza.
ART.7º) Deróguese toda Ordenanza hasta la fecha, que se oponga a la presente.
ART.8º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Julio 07 de 1994.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza