Ord. 1005/94 Aprobación Planos De Mensura Y Subdivisión Propiedad Constr. Civiles S.R.L. Y …

VISTO:

 

El Expte. Municipal Nº13.771/94, de fecha 12 de  Setiembre de  1994, por el cual el Ingeniero Geógrafo Miguel  Angel Prece, solicita la aprobación de los Planos de Mensura  y subdivisión de una propiedad de Construcciones Industriales y Civiles S.R.L. y la Asociación Mutual de Obreros  y Empleados Municipales, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que los Sres. propietarios han efectuado la correspondiente donación  de calles a la Municipalidad de Villa  Gobernador Gálvez, según acta de donación inserta en folios  1, 2 y 3 del mencionado expte.

Que  las medidas de los lotes resultantes de  la  división están de acuerdo al reglamento de Uso y División de Suelo, Ordenanza  71/74  y  sus modificatorias  vigente  en  esta Municipalidad.

Que  en la fracción de terreno cuya mensura y  subdivisión se aprueba en la presente Ordenanza se construirán Viviendas con fondos de la Dirección Pcial. de Vivienda y  Urbanismo de Pcia. de Santa Fe, Obras que serán ejecutadas por la Empresa Construcción Industriales y Civiles S.R.L.,  es necesario  preveer que se realicen en forma  efectiva  las Obras de infraestructura previstas por la ordenanza  71/74 y sus modificatorias.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1005/94

 

 

Art.1º) Apruébese  la  Mensura y Subdivisión de una  fracción  de         terreno  ubicado en la Sección 5ta. Manzana  41  designada como  lote  Nº1 del plano Nº 124.084 del año 1987,  y  los lotes Nº2, 3, 4 y 5 del plano 124.084 del año 1987 y parte del plano Nº122.846/87 situado en Villa Gobernador  Gálvez y  cuyos dominios son Tomo Nº 522 Folio Nº 505 Nº  15.958, Departamento Rosario de fecha 30 de Diciembre de 1.987,  y tomo  502,  folio 175 Nº 112.594 Departamento  Rosario  de fecha  1º de Abril de 1987 y sus superficies son:  1)Fracción A:2.968,88m² y 2)Fracción B:9.745,55m², dando  origen a  la manzana Nº41 “A” con lotes Nº1, 2, 3, 4, 5,  7,  8A, 8B,  9A, 9B, 10A, 10B, 11A, 11B, 12A, 12B, 13A, 13B,  14A, 14B, 15A, 15B y 16, y la manzana Nº41 “B” con lotes del 17 al  32  inclusive,  según el plano  confeccionado  por  el Ingeniero Geógrafo Miguel Angel Prece.

 

Art.2º) Acéptese  la  donación  de una  fracción  de  terreno  de 985,16 m² de superficie para calles públicas a la  Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según plano de Mensura que es parte integrante del presente.

 

Art.3º) Hágase  constar  que la escrituración del  predio  cedido para  calles se llevará a cabo dentro de los noventa  (90) días ante Escribano Público que designe la Municipalidad.

 

Art.4º) Déjase  expresamente  aclarado que  los  certificados  de final de obra de cada una de las viviendas a  construirse, se extenderán una vez terminada en su totalidad las  obras de  infraestructura  que  prevee el Reglamento  de  Uso  y División  del Suelo – Ordenanza Nº 71/74 y sus  modificaciones  vigente en esta Municipalidad.

 

Art.5º) Dése copia del presente a las Secretarías de Obras Públicas, Gobierno y Hacienda, para su conocimiento y efectos.

Art.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Septiembre 22 de 1.994.

 

 

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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