VISTO:
Que
CONSIDERANDO:
Que muchos contribuyentes, interesados en tomar este beneficio, no pudieron hacerlo en virtud a la falta de recursos que verían incrementadas sus expectativas de pago con el cobro del sueldo anual complementario.
Que durante el mes de Enero se produce el receso judicial, dilatando con ello cualquier gestión de cobranza por esa vía.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1046/94
ART.1º) Prorróguese hasta el 31 de Enero de 1995 la vigencia de la moratoria conforme a lo establecido en el artículo 3º de
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Diciembre 22, 1994.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza