Ord. 1103/95 Construcción Senda Peatonal Calle Levalle En Su Intersección Vías Ffcc.

VISTO:

 

La  necesidad de facilitar la circulación de  peatones  a través de las vías del Ferrocarril Central Argentino a la altura 1800 de la calle Levalle, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que la construcción de un camino peatonal es la  solución más adecuada para atender a la necesidad planteada en  el visto.

Que  por otra parte es necesario proceder a la  señalización  correspondiente  como una medida  indispensable  de prevención para quienes se dispongan a atravesar las vías del ferrocarril.

Que  la realización de mejoras de esta índole están  previstas     en    la    partida    “TRABAJOS     PUBLICOS” (2.1.2./07.00.00.00) del presupuesto 1995.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1103/95

 

 

Art.1º) Dispóngase  la  construcción de una senda peatonal  a  la altura  1800 de la calle Levalle en su  intersección  con las vías del Ferrocarril Central Argentino, según croquis que se adjunta.

 

Art.2º) Señalícese  en  cada entrada al camino peatonal  con  una cruz de San Andrés.

 

Art.3º) Contabilícese  oportunamente la erogación que demande  la obra  en  cuestión  en  la  partida  “TRABAJOS  PÚBLICOS” (2.1.2./07.00.00.00)  de la Ejecución Presupuestaria  del ejercicio.

 

Art.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Agosto 3, 1995.

 

 

Presidente: Carlos Croci

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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