Ord. 1104/95 Prórroga Por Sesenta Días Suspensión Urbaniz., Fijado Por Ord. Nº 1075/95.

VISTO:

 

La Ordenanza N º 1.075/95 , en su Art. 2º.

La Ordenanza Nº 1.104/95, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que  por  el Art. 1º de la misma se  suspendieron  por  el término  de  120 días todos  las  urbanizaciones,  loteos, amanzanamientos y/o aparcelamientos.

Que  por dicha Ordenanza se creó la comisión de Estudio  y Proyectos del Código Urbano.

Que  dicha comisión se encuentra facultada  para  efectuar modificaciones  a la Ordenanza N º 1.075/95 , debiendo  elevarlos al Concejo Deliberante para su aprobación.

Que es necesario prorrogar por 60 días la suspensión establecida por Art. 1º de la Ordenanza Nº 1.075/95, a efectos de posibilitar que la Comisión de Estudio y Proyectos  del Código  Urbano pueda elaborar en forma definitiva el  Proyecto de Ordenanza del Código Urbano Municipal.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1104/95

 

 

ART.1º) Prorróguese por 60 días la suspensión de todas las  urbanizaciones,  loteos, amanzanamientos  y/o  aparcelamientos fijada por el Art.1º de la Ordenanza N º1.075/95.

 

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Agosto 10, 1995.

 

 

Presidente: Luis Maggi

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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