Ord. 1122/95 Aprobación Mensura, Subdivisión, Sección Catastral 4º.

VISTO:

 

El  Expte. Nº1106/95, Expte. Municipal Nº  14.791/95,  de fecha 19 de Setiembre de 1.995, por el cual el  Ingeniero Geógrafo  Miguel Ángel Prece, solicita la  aprobación  de los  planos de Mensura y Subdivisión de una propiedad  de la  firma  CAROLINA Sociedad Anónima,  Comercial,  Industrial, Financiera e Inmobiliaria, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que  los Señores propietarios han efectuado la  correspondiente donación  de calles y espacio verde a la  Municipalidad  de Villa Gobernador Gálvez, según acta de  donación obrante en el mencionado expte.

Que  las medidas de las lotes resultantes de  la  división están de acuerdo al Reglamento de Uso y División de Suelo, Ordenanza  71/74  y  sus modificatorias  vigente  en  esta Municipalidad.

Que se encuentra vigente la Ordenanza 1075/95 , que suspendió  por el termino de 120 días todas las  urbanizaciones, loteos, amanzanamientos y/o aparcelamientos, y su prórroga por  60 días dispuesta por Ordenanza 1104/95 ,  siendo  que para  el caso en cuestión, es aplicable el artículo 6º  de la  Ordenanza 1075/95, que textualmente reza:  “exceptúase de  la presente Ordenanza los loteos que  sean  necesarios para la construcción de viviendas Municipales o Provinciales”.

Que  en la fracción de terreno cuya mensura y  subdivisión se  aprueba en la presente Ordenanza, se  construirán  viviendas con fondos de la Dirección Provincial de  Vivienda y  Urbanismo  de la Provincia de Santa Fe,  obras  que  se ejecutarán por cuenta de la Empresa HORMIGONERA DEL  LITORAL S.A., por lo que es necesario preveer que se  realicen en  forma efectiva las obras de  infraestructura  prevista por la Ordenanza 71/74 y sus modificatorias.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1122/95

 

 

Art.1º) Apruébase  la  Mensura y Subdivisión de una  fracción  de terreno ubicada en la Sección Catastral 4º – Polígono  “A” Parcela Nº8 – Sub/parcela Nº3 – lotes “A” y “B” del  plano Nº 114.205/83 y lote “C” del plano Nº114.205/83,   situado en Villa Gobernador Gálvez, Departamento Rosario,  Provincia  de Santa Fe y cuyos dominios son:  Tomo Nº 466 “A”  – Folio Nº 446 – Nº 140.904, Departamento Rosario  de  fecha 08/09/84 – 1º y 2º de orden  y Tomo Nº 459 – Folio Nº 37  – Número 104.603, Departamento Rosario de fecha 27 de  Enero de  1984  y  su superficie según título  por  suma  es  de 24.722,22  m²,  dando origen a la manzana Nº 15  con  lotes desde el Nº 1 al 23 inclusive, manzana Nº 19 “A” con lotes desde  el  Nº 1 al 22 inclusive y manzana Nº  19  “B”  con lotes  desde  el Nº 1 al 16 inclusive, según el  plano  de mensura  confeccionado  por el Ingeniero  Geógrafo  Miguel Ángel Prece.

 

ART.2º) Acéptase  la  donación  de una  fracción  de  terreno  de 7.570,93    de superficie para apertura  de  las  calles públicas  a la Municipalidad de Villa  Gobernador  Gálvez, según  plano de mensura que es parte integrante del  expediente Municipal Nº 14.791/95.

 

ART.3º) Acéptase  la  donación  de una  fracción  de  terreno  de 1.640,61 m² de superficie, destinado a espacio verde a  la Municipalidad  de Villa Gobernador Gálvez, según plano  de mensura que se adjunta.

 

ART.4º) Hágase  constar  que la escrituración del  predio  cedido para espacio verde se llevará a cabo dentro de los noventa (90)  días de la fecha de aprobación de la presente  Ordenanza,  ante Escribano Público que designe la  Municipalidad.

 

ART.5º) La presente aprobación de los planos de mensura y  subdivisión  de  la  Propiedad descripta en  el  art.1º,  queda sujeta  al cargo de la efectiva realización  de  Viviendas con fondos de la Dirección Provincial de Vivienda y  Urbanismo.

 

ART.6º) Déjase  expresamente  aclarado que  los  certificados  de final de obra de cada una de las viviendas a  construirse, se extenderán una vez finalizada en su totalidad las obras de  infraestructura  que  prevé el Reglamento  de  Uso  y División  del Suelo – Ordenanza Nº 71/74 y sus  modificatorias vigente en esta Municipalidad.

 

ART.7º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Octubre 5, 1995.

 

 

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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