Ord. 1129/95 Financiación Para Deudas Provenientes De Contribuciones De Mejoras Por Obras.

VISTO:

 

Expte. Nº1123/95.  Solicitud para extensión de pago, obras de compactado de calles con suelo escoria y riego asfáltico, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que es dable la ampliación del plan de facilidades  implementado para las obras de compactado y /o estabilizado  de calles haciendo eco de la grave situación económica por la que atraviesan algunos contribuyentes.

Que por otra parte, es necesario lograr una continuidad en el  cobro  de  los créditos que  posee  la  Administración Municipal a efectos de mejorar la capacidad financiera que requiere el desarrollo del plan de obra pública.

Que  la Ordenanza 790/92, que contempla el modelo de  proyecto  de Ordenanza de Obras por contribución  de  mejoras admite  un plan de financiación sin prefijar el límite  de cuotas,  y se considera razonable otorgar un máximo de  30 para posibilitar el acogimiento masivo de los morosos.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1129/95

 

 

ART.1º) Otórguese  una financiación para las deudas  provenientes de  contribuciones de mejora por las obras  de  compactado y/o estabilizado de calles, de hasta 30 cuotas  mensuales, iguales y consecutivas con el interés que rige en  materia tributaria municipal.

 

ART.2º) Déjanse  sin efecto todas las disposiciones  contempladas por Ordenanzas que difieran con la presente.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,

Octubre 26, 1995.

 

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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