Expte. Nº 1.207/96.
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que no se encuentra reglamentado el servicio de remises en esta Ciudad.
Que es necesario otorgar una financiación para el pago de la autorización anual a efectos de permitir el cumplimiento de los contribuyentes sin provocar una carga demasiado onerosa, atendiendo a la realidad económica.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1178/96
ART.1º) Modifícase el Art. 21º, en el item referido a: Taxis o Remises y Transportes Escolares y Especiales, que quedará redactado de la siguiente manera:
“ Taxis y Transportes Escolares y Especiales: Por la autorización del servicio de Taxis y Transportes Escolares y Especiales, se abonará anualmente la suma de $150.- (Pesos Ciento Cincuenta), la que será cobrada en tres cuotas “.
ART.2º) Fíjase como vencimiento para el pago de la autorización anual:
1er. Cuota: 01/07/96.
2da. Cuota: 20/08/96.
3era. Cuota: 20/10/96
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 20, 1996.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza