Expte. Nº1232/96.
VISTO:
Nota de fecha 22/08/96, remitida por Secretaría de Gobierno, Educación y Cultura al Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 1041/94, se otorga a
Que en el mes de Marzo de 1995 se suscribió el correspondiente contrato de concesión entre
Que en la cláusula Cuarta de dicho contrato se estipula de común acuerdo entre las partes que “La realización de las tareas y/o mejoras descriptas en la cláusula segunda como contraprestación como así también la colocación de los elementos mencionados y su mantenimiento serán llevados a cabo exclusivamente por la empresa concesionaria… a partir de los 90 días hábiles de la firma de este contrato…”.
Que la cláusula Sexta del referido contrato de concesión expresamente estipula: “En caso de incumplimiento por parte de
Que de acuerdo a lo informado por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Concejo por nota del 22/08/96,
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1196/96
ART.1º) Derógase
ART.2º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a rescindir de pleno derecho el Contrato de Concesión de uso de espacios de publicidad en el Dominio Público Municipal, suscripto oportunamente con
ART.3º) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá comunicar a
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Agosto 29, 1996.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza
