EXPTE. Nº 1.249/96.
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que es necesario efectuar una reestructuración de las categorías para la liquidación de
Que es facultad del Concejo Deliberante dictar
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1204/96
ART.1º) Déjese sin efecto el Art. 3º de
ART.2º) Incorpórese como Artículo 3º de
“Delimítese dentro de
Primera: Frentista de avenidas y calles principales según detalle:
a) Avenida San Martín (desde circunvalación hasta Belgrano).
b) Avenida Juan Domingo Perón (desde Entre Ríos hasta Arroyo Saladillo).
c) Bv. San Diego (desde Av. Filippini hasta Alvear).
d) Av. Filippini (desde Colectora a Levalle).
e) Av. Mitre (desde Av. San Martín a Av. Filippini) y demás servicios del Artículo 68º del Código Tributario Municipal.
Segunda: Frentistas con calles de pavimento y demás servicios del Artículo 68º del Código Tributario Municipal.
Tercera: Frentistas con calles de Estabilizado y demás servicios del Artículo 68º del Código Tributario Municipal.
Cuarta: Frentistas con calles de tierra y demás servicios del Artículo 68º del Código Tributario Municipal.
Quinta: Tasa mínima que deberán abonar los frentistas no considerados en las Categorías anteriores.-
Delimítese dentro de
Sexta: Frentistas con calles de pavimento y demás servicios del Artículo 68º del Código Tributario Municipal.
Séptima: Frentistas con calles de estabilizado y demás servicios del Artículo 68º del Código Tributario Municipal.
Octava: Frentistas con calles de tierra y demás servicios del Artículo 68º del Código Tributario Municipal.
Novena: Tasa mínima que deberán abonar los Frentistas no considerados en las Categorías anteriores.
ART.3º) Déjese sin efecto
ART.4º) Incorpórese como TABLA DE BASICOS PARA EL CALCULO DE
ZONA URBANA
CODIGO VALORES
0010 1,20
0100 0,60
0020 1,00
0200 0,50
0030 0,70
0300 0,30
0040 0,50
0400 0,20
0050 0,25
0500 0,10
ZONA SUBURBANA
0060 0,60
0600 0,30
0070 0,45
0700 0,20
0080 0,25
0800 0,10
0090 0,15
0900 0,06
ART.5º) Las presentes modificaciones serán de aplicación a partir de la emisión del 11º Anticipo Mensual de 1996.
ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Septiembre 26 de 1.996.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza