Expte. Nº 1297/97.
VISTO:
El proyecto de Contrato de Concesión de Uso y Explotación de un inmueble destinado a recreación, realizado por el Sindicato de Correos y Telecomunicaciones de
CONSIDERANDO:
Que ha vencido el Contrato de Concesión de Uso y Explotación suscripto oportunamente con el Club Atlético Provincial, por un predio recreativo ubicado en la localidad de Tanti.
Que ante la imposibilidad de la renovación del mismo y, habiéndose observado que el Programa de Recreación y Turismo implementado por
Que es necesario mantener y/o continuar con dicho Programa Social de Turismo y Recreación, máxime cuando se han contraído compromisos con escuelas de la localidad, siendo por lo tanto necesaria la urgente contratación de un predio de características similares e idénticos costos.
Que el convenio a suscribirse con el Sindicato de Correos y Telecomunicaciones de la vecina Ciudad de Rosario, el cual es propietario de un predio de recreación, ubicado en
Que siendo este Sindicato el único proveedor poseedor que se encuentra en condiciones de ofrecer un predio en tales condiciones y ante la urgencia del Municipio para cumplir con los compromisos antes mencionados, es menester autorizar tal contratación.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº1227/97
ART.1º) Declárese la urgencia y la necesidad para
ART.2º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal para firmar el correspondiente contrato de Uso y Explotación del inmueble mencionado en el Art. 1º con el Sindicato de referencia, el que forma parte integrativa de esta Ordenanza y cuyo plazo de vigencia será del 5 de Febrero de 1.997 hasta el 31 de Enero de 1.998.
ART.3º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar un gasto de $ 2.000.- mensuales en concepto de pago por esta Concesión, con más el pago de los Impuestos Municipales del predio y la parte proporcional de los servicios de luz, leña, gas, mantenimiento, etc. que correspondieren por el uso de las cincuenta plazas locadas.
ART.4º) Contabilícence las erogaciones que se devengaren por aplicación del Art. 3º en
ART.5º) Impónese al Departamento Ejecutivo Municipal la obligación de elevar a este Concejo Deliberante a la finalización del contrato de concesión, informe detallado de la cantidad de personas que utilizaron el predio, gastos efectuados y monto recaudado en concepto de derecho de uso de las instalaciones.
ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 04 de Febrero de 1997.
Presidente: Carlos Croci
Pro Secretaria: Victoria Beloni