Expte. Nº 1297/97.

VISTO:

El proyecto de Contrato de Concesión de Uso y  Explotación de  un inmueble destinado a recreación, realizado  por  el Sindicato de Correos y Telecomunicaciones de la Ciudad  de Rosario, ubicado en la localidad de Valle Hermoso, Provincia de Córdoba.

La Ordenanza Nº 1.106/95.

La Ley Nº 2756,  Art. 11º, y

 

CONSIDERANDO:

Que ha vencido el Contrato de Concesión de Uso y  Explotación suscripto oportunamente con el Club Atlético  Provincial, por un predio recreativo ubicado en la localidad  de Tanti.

Que  ante la imposibilidad de la renovación del  mismo  y, habiéndose  observado  que  el Programa  de  Recreación  y Turismo implementado por la Municipalidad de Villa  Gobernador  Gálvez  utilizando  dicho predio  ha  superado  las expectativas   previstas  para  satisfacer  las   demandas sociales de nuestra Comunidad en tal sentido.

Que es necesario mantener y/o continuar con dicho Programa Social de Turismo y Recreación, máxime cuando se han  contraído  compromisos con escuelas de la  localidad,  siendo por  lo  tanto  necesaria la urgente  contratación  de  un predio de características similares e idénticos costos.

Que el convenio a suscribirse con el Sindicato de  Correos y  Telecomunicaciones de la vecina Ciudad de  Rosario,  el cual es propietario de un predio de recreación, ubicado en la  Ciudad de Valle Hermoso, Provincia de Córdoba,  y  que concede  el  uso y explotación del mismo, y  de  cincuenta plazas  por un plazo de doce (12) meses con un costo  mensual de $ 2.000.- ( Pesos Dos Mil ) estando además a cargo de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez el pago  de los  Impuestos Municipales y los gastos por  servicios,  ( luz, leña y gas ) encontrándose encuadrado en la situación prevista  por el Art. 11º de la Ley Nº 2756 en el  sentido de  que  el mismo autoriza que podrá  prescindirse  de  la formalidad de la Licitación Pública cuando mediare  urgencia declarada por los dos tercios de los votos del Concejo Deliberante, existiendo tales razones de urgencia por  los motivos expresado ut – supra, siendo además que la contratación  respeta en cuánto la cantidad de  plazas;  costos; servicios  ofrecidos;  etc.;  los  objetivos   tenidos  en cuenta  al aprobar el Concejo Deliberante la  contratación anterior por Ordenanza Nº 1.106/95.

Que siendo este Sindicato el único proveedor poseedor  que se encuentra en condiciones de ofrecer un predio en  tales condiciones y ante la urgencia del Municipio para  cumplir con los compromisos antes mencionados, es menester autorizar tal contratación.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº1227/97

 

ART.1º) Declárese la urgencia y la necesidad para la Contratación Directa  del Uso y Explotación del inmueble  de  propiedad del sindicato  de Empleados de Correos y  Telecomunicaciones de la Ciudad de Rosario, ubicado en la Ciudad de Valle Hermoso, Provincia de Córdoba.

 

ART.2º) Autorízase  al  Departamento  Ejecutivo  Municipal   para firmar  el correspondiente contrato de Uso  y  Explotación del inmueble mencionado en el Art. 1º con el Sindicato  de referencia,  el que forma parte integrativa de esta  Ordenanza  y cuyo plazo de vigencia será del 5 de  Febrero  de 1.997 hasta el 31 de Enero de 1.998.

 

ART.3º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar un  gasto de $ 2.000.- mensuales en concepto de  pago  por esta Concesión, con más el pago de los Impuestos Municipales del predio y la parte proporcional de los servicios de luz,  leña, gas, mantenimiento, etc.  que  correspondieren por el uso de las cincuenta plazas locadas.

 

ART.4º) Contabilícence  las  erogaciones que  se  devengaren  por aplicación  del Art. 3º en la Partida Promoción y  Fomento Cultural ( 0.1.1/02.01.13.00 y/o Nº 0.1.1/02.02.10.00 ) de la Ejecución Presupuestaria del Ejercicio.

 

ART.5º) Impónese  al Departamento Ejecutivo Municipal la  obligación  de elevar a este Concejo Deliberante a la  finalización  del contrato de concesión, informe detallado  de  la cantidad  de  personas que utilizaron  el  predio,  gastos efectuados y monto recaudado en concepto de derecho de uso de las instalaciones.

 

ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 04 de Febrero de 1997.

 

Presidente: Carlos Croci

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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