Ord. 1261/97 Vereda peatonal Esc. 1266
Expte. Nº 1.348/97.
VISTO:
La necesidad de dar solución a la falta de vereda de acceso a
CONSIDERANDO:
Que los niños que concurren a
Que en la zona de referencia existen grandes extensiones de terrenos baldíos y de explotación rural, lo que ha motivado la falta de interés de los frentistas en construir la correspondiente vereda.
Que la única forma de lograr que se construya la vereda es la realización de
Que es atribución del Concejo Deliberante ordenar las Obras Públicas que exijan las necesidades del Municipio (Art.39º, Inc.24, Ley Nº 2756).
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1.261/97
ART.1º) Dispónese la ejecución de
ART.2º) Impútese el gasto a
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de Julio de 1.997.
Presidente: Carlos Croci
Pro Secretaria: Victoria Beloni