Expte. Nº 1395/97.
VISTO:
Las disposiciones que en materia presupuestaria prevé
CONSIDERANDO:
Que es necesario dotar a
Que del análisis efectuado por
Que este Concejo Deliberante está en un todo de acuerdo con la política determinada por el Presupuesto 1998 que establece un incremento importante en Trabajos Públicos con respecto al año anterior.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1286/97
ART.1º) Fíjase en la suma de $ 19.096.812,67 (Pesos diecinueve millones noventa y seis mil ochocientos doce con 67/100) el total de Erogaciones del Presupuesto de Gastos de
RTAS.GLES. RTAS.ESPEC. TOTAL
EROGACIONES CORRIENTES 12.449.226,33 125.000,00 12.574.226,33
OPERACION 11.468.906,50 125.000,00 11.593.906,50
– Personal 8.061.000,00 – 8.061.000,00
– Bs. y Serv. no pers. 3.407.906,50 125.000,00 3.532.906,50
INTERESES DE
TRANSFERENCIAS 292.319,83 – 292.319,83
A CLASIFICAR 50.000,- – 50.000,-
CONCEJO DELIBERANTE 626.000,00 – 626.000,00
EROGACIONES DE CAPITAL 5.591.000,00 931.586,34 6.522.586,34
INVERSION REAL 5.341.000,00 931.586,34 6.272.586,34
– Bienes de capital 643.000,00 511.586,34 1.154.586,34
– Trabajos Públicos 4.698.000,00 420.000,00 5.118.000,00
BIENES PRE-EXISTENTES 250.000,00 – 250.000,00
INVERSION FINANCIERA – – –
– Aportes de capital – – –
– Préstamos – – –
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TOTALES 18.040.226,33 1.056.586,34 19.096.812,67
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ART.2º) Estímase en la suma de $ 13.235.530,00 (Pesos trece millones doscientos treinta y cinco mil quinientos treinta con 00/100) el Cálculo de Recursos destinado a atender las Erogaciones a que se refiere el Artículo Nº 1, de acuerdo con la distribución, resumen que se indica a continuación:
Rtas.Gles. Rtas.Espec. Total
RECURSOS CORRIENTE 12.187.530,00 817.000,00 13.004.530,00
DE JURISD. PROPIA 7.467.530,00 817.000,00 8.284.530,00
TRIBUTARIOS DEL EJERC. 5.445.200,00 817.000,00 6.262.200,00
– Tasas y Derechos 5.380.200,00 817.000,00 6.197.200,00
– Contrib. de Mejoras 65.000,00 —– 65.000,00
NO TRIBUTARIOS DEL EJERC. 273.730,00 —– 273.730,00
TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. 1.703.600,00 —– 1.703.600,00
NO TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. 45.000,00 —– 45.000,00
DE OTRAS JURISDICCIONES 4.720.000,00 —– 4.720.000,00
COPARTICIPACION EJERCICIO 4.680.000,00 —– 4.680.000,00
COPART. EJERC. ANTERIOR 40.000,00 —– 40.000,00
RECURSOS DE CAPITAL 231.000,00 —– 231.000,00
REEMBOLSO DE PRESTAMOS —– —– ——
VENTA ACTIVO FIJO 231.000,00 —– 231.000,00
OTROS RECURSOS DE CAPITAL —– —– ——
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TOTALES 12.418.530,00 817.000,00 13.235.530,00
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ART.3º) Fíjase en la suma de $ 25.000,00 (Pesos veinticinco mil con 00/100), el importe de las Otras Erogaciones que se detallan a continuación:
Rtas.Gles. Rtas.Espec. Total
OTRAS EROGACIONES
EROGACIONES PARA ATENDER
– Amort. Deuda Pública —– —– —–
– Amort. Ajuste Deuda Púb. —– —– —–
– Amort. Otras Deudas 25.000,00 —– 25.000,00
– Amort. Ajuste Otras Deudas —– —– —–
EROGACIONES PARA ATENDER
ADELANTOS A PROVEEDORES Y
CONTRATISTAS —– —– ——
———————————————
TOTAL OTRAS EROGACIONES 25.000,00 —– 25.000,00
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ART.4º) Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estímase el siguiente Balance Preventivo:
TOTAL
I – TOTAL DE EROGACIONES S/ART. 1º Y 3º 19.121.812,67
II – TOTAL DE RECURSOS S/ART.2º 13.235.530,00
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III – NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 5.886.282,67
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ART.5º) Estímase en la suma de $ 5.886.282,67 (Pesos cinco millones ochocientos ochenta y seis mil doscientos ochenta y dos con 67/100) el Financiamiento de
Rtas.Grles. Rtas.Espec. Total
FINANCIAMIENTO:
1- APORTES NO REINTEGRABLES 4.300.000,00 —– 4.300.000,00
2- USO DEL CREDITO
– Aportes reintegrables pro-
venientes del Estado Pcial.
o Nacional 1.346.696,33 —– 1.346.696,33
– Préstamos Bancarios —– —– —–
– Préstamos Gob. Pcial. —– —– —–
3- ADELANTOS OTORGADOS A
PROVEEDORES EN EJERC.
ANTERIORES —– —– ——
4- REMANENTE EJERC. ANTERIORES —– 239.586,34 239.586,34
——————————————-
TOTAL DE FINANCIAMIENTO 5.646.696,33 239.586,34 5.886.282,67
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I – NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 5.886.282,67
II- TOTAL DE FINANCIAMIENTO 5.886.282,67
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RESULTADO PRESUPUESTO EQUILIBRADO
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ART.6º) Fíjase en 572 (Quinientos setenta y dos) el número de cargos presupuestados de
ART.7º) El Departamento Ejecutivo podrá disponer las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarios con la única limitación de no alterar el total de Erogaciones Corrientes y el total de Erogaciones de Capital fijados en la presente Ordenanza.-
ART.8º) Autorízase al Departamento Ejecutivo a modificar el Presupuesto General incorporando las Partidas Específicas necesarias o incrementando las ya previstas cuando deba realizar Erogaciones originadas por la adhesión a Leyes o Decretos Nacionales o Provinciales de vigencia en el ámbito Municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto disponga el Gobierno Nacional o Provincial, no pudiendo ser modificado el Balance Financiero Preventivo.-
ART.9º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Noviembre 13, 1997.
Presidente: Carlos Croci
Pro Secretaria: Victoria Beloni