Ord. 1323/98 Modifica 1304/98 Código Urbano

Expte. Nº 1.506/98.

VISTO:

El Código Urbano de la Ciudad de Villa Gobernador  Gálvez, aprobado por la Ordenanza Nº 1.144/95 y su  modificatoria, Ordenanza Nº 1.304/98.

La Ley 2756, Art. 39º, Inc. 7, y

 

CONSIDERANDO:

Que  los  extremos  del límite  Norte  correspondiente  al Distrito  I1, no coinciden con los extremos Norte  de  los límites Este y Oeste, respectivamente.

Que la delimitación actual del Distrito I1 no conforman un poligonal  cerrada,  por lo que no define  una  superficie determinada.

Que  es  necesario  corregir dicha  delimitación  por  ser errónea.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1.323/98

 

ART.1º) Modifíquese la Ordenanza Nº 1.304/98, modificatoria de la Ordenanza Nº 1.144/95 en su Art. 1º el que quedará  redactado  de la siguiente forma: “Reemplácense  los  Distritos RUE1,  R13  y  R14  en  el  Item  4-1-5  (Delimitación  de Límites), Capítulo IV del Código Urbano Municipal, por  el siguiente texto:

 

DISTRITO I1.

 

LIMITES.

 

NORTE: Está definido por el Límite Sur del Distrito D y R1, desde la Ruta Nacional Nº 8 hasta la Autopista Teniente  General Aramburu.

 

ESTE: El  Límite Oeste de la Autopista Rosario-San Nicolás  desde el  vértice Sur Este del Distrito D y R1 hasta  el  Límite Sur del Distrito de Villa Gobernador Gálvez.

 

SUR: Los terrenos frentistas sobre el Límite Sur de las  parcelas 53, 57 y 58/3, Sección Catastral 18º, Polígono ” D ” desde la  Ruta  Nacional  Nº 8 hasta  la  Autopista  Rosario-San Nicolás.

 

OESTE: El  Límite Este de la Ruta Nacional Nº 8 desde el  vértice Sur  Oeste  del Distrito D y R1 hasta el  Límite  Sur  del Distrito de Villa Gobernador Gálvez.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de Julio de 1.998.

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

print