Que habiéndose declarado de interés municipal por OrdenanzaNº1.547/03la realización de todaslasobrasque asegurenla solución efectiva y definitiva a lasinundaciones del Arroyo Saladillo, habiéndose autorizado porla mismaOrdenanzaal Intendente Municipal arealizarlas gestionespertinentes ante lasautoridadesprovincialescorrespondientes,a efectos de lograr la construcciónde represasretardadoras en el Arroyo Saladillo y todaotra estructura necesaria que otorgue una solución definitiva a lasinundaciones, en forma tal que aseguren unnivelde protección,de 100 años de recurrencia comoasítambién los trabajos de consolidación de la cascada. Como parte de las gestiones realizadas según lo ordenado por este Concejo, el Departamento Ejecutivo Municipal eleva a consideraciónde este Cuerpo Legislativo el modelo deconvenioa suscribirse con el Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda de la Provincia, el cuál resulta convenientea los intereses municipales.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de susatribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1554/2003
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal asuscribirconlaDirección ProvincialdeObrasHidráulicas dependiente del Ministerio de Obras, Servicios Públicosy Vivienda de la Provincia el convenio referido a laejecuciónde la obra “PROVISION Y COLOCACION DE COMPUERTASDE CAMARA PARA OBRA DE REACONDICIONAMIENTO DEL ARROYO SALADILLO– TRAMO II”, según modelo de convenio que comoanexo forma parte de la presente Ordenanza.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 9 de Octubre de 2003.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
CONVENIO
En la Ciudad de Santa Fe, a los …días del mes de …2.003, entrela Dirección Provincial de Obras Hidráulicas,dependiente delMinisteriode Obras, Servicios Públicos yViviendadela Provincia de Santa Fe, en adelante “La Provincia” representada en este acto por el Ing. Roberto D. Gioria, D.N.I. Nº 8.434.923,en sucarácter de interventor de la Dirección ProvincialdeObras Hidráulicas, con domicilio legal en Av. Almirante Guillermo Brown 4751de la Ciudad de Santa Fe por una parte; y laMunicipalidad deVilla Gobernador Gálvez, Departamento rosario,provinciade SantaFe, en adelante “La Municipalidad“, representadaeneste actoporsu Intendente Municipal D/PedroJorgeGonzález,con domiciliolegalen Ing. Mosconi 1541,MunicipalidaddeVilla GobernadorGálvez, Provincia de Santa Fe, acuerdancelebrarel presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas:————
PRIMERA: Por el presente convenio se establecen lascondiciones, dentrodel marco del Art. 20º Inciso e) de la Ley Nº 5.188,con destinoasolventar los costoscorrespondientesamateriales necesariospara la ejecución de la obra “Provisión yColocación deCompuertasde Cámara para Obradereacondicionamientodel Arroyo Saladillo – Tramo II”, según documentación obrante(Anexo II) confeccionada por la Dirección Provincial de ObrasHidráulicas y que forma parte integrante de este convenio.—————
SEGUNDA:”La Provincia” se compromete a otorgar a “laMunicipalidad“,lacantidad de $ 7.450.- (Pesos SieteMilCuatrocientos Cincuenta) según presupuesto obrante ene l Anexo I.————–
TERCERA:“La Municipalidad” se compromete a hacerse cargo dela provisiónde todos los equipos y/o herramientas para laconcrecióndelos trabajos, y será la responsable delagestiónde compra de los materiales según lo establecido en el Anexo I.—–
CUARTA:“LaMunicipalidad“se compromete aejecutarlaobra mediantela utilización de mano de obra especializada deorigen localyasume su exclusiva responsabilidad civil ypenal,por todos los daños y/o perjuicios que pudieran causar losemprendimientos,tanto en la obra misma, a su personal, alaProvincia y/o a terceros como así también será de su absoluta responsabilidad la relación que deba mantener con los proveedores de materialesypersonal contratado para la ejecución de lostrabajosa realizar mediante este convenio.———————————
QUINTA:LaDirección Pcial. de Obras Hidráulicasdesignaráun inspector quién tendrá las más amplias facultades deinspección, supervisiónyauditoríade la marcha yadministracióndela obra.————————————————————
SEXTA:“La Municipalidad” designará el personal necesarioquién tendráacargola vigilancia y contralor delostrabajosen ejecución, de manera que la realización de los mismos seajusten estrictamente a las especificaciones del proyecto,instrucciones y observaciones que imparta la inspección designada por la Dirección Provincial de Obras Hidráulicas.—————————-
SEPTIMA:”LaMunicipalidad“confeccionará a travésdesuArea específica la documentación que refleje la medición de los trabajosrealizados,lacuál deberá ser avaladaporlaautoridad máximacompetente y por la Inspección de obra delaDirección Provincial de Obras Hidraúlicas. La Dirección Provincial de Obras Hidráulicasprocederáa confeccionar elcertificadodeobra, parcialo total según corresponda, con el cuál sematerializará el pago según lo establecido por el convenio suscripto.———-
OCTAVA:“La Provincia” liquidará a través de la habilitaciónde la D.P.O.H. el monto estipulado en la cláusula 2da. delpresente convenioa favor de la Municipalidad, pudiendocertificarsela provisión de material que pudiera ser acopiado, previa aprobación por parte de la Inspección de obra del plan de acopiocorrespondiente. La inspección verificará que los trabajos y/o acopiosse ajustenestrictamente a lo establecido en el presenteconvenio, que cumplan la función para lo cuál han sido proyectados. Asimismo deberá realizar el balance económico -si correspondiese- entre lo certificado por acopio de material y el avance físico realde la obra.———————————————————
NOVENA: Previo a la firma del presente, “La Municipalidad” deberá emitirlacorrespondiente Ordenanza autorizandolafirmadel convenio.——————————————————–
DECIMA:Se fija plazo de la ejecución de los trabajos, 60días, contados a partir de la fecha del acta de iniciación de losmismos;para lo cuál “la Municipalidad” deberá adoptar lasmedidas necesarias tendientes a concretar la totalidad de los trabajos en dicho período.——————————————–
DECIMOPRIMERA:Finalizadaslas tareas “laMunicipalidad“hará entrega a “la Provincia” de los planos conforme a obra de todo lo ejecutado,asumiendo “la Municipalidad” laresponsabilidaddel control y mantenimiento de la obra.——————————
DECIMOSEGUNDA:Lafalta de cumplimiento delascláusulasdel presenteconvenio, dará derecho a “la Provincia” aejercerlas acciones legales que le acuerdan las normas vigentes. Paratodos losefectos derivados de la interpretación y/ocumplimientode lascláusulasdel presente acuerdo devoluntades,laspartes fijansusdomicilios en los denunciados enelencabezamiento, sometiéndose a la jurisdicción ordinaria de los tribunales dela Ciudadde Santa Fe, en caso de controversia, renunciando atodo otro fuero de excepción.—————————————–
DECIMOTERCERA: El presente convenio se regirá por la LeyProvincial Nº 5.188 y el Decreto Ley Nº 1.757/56 de contabilidad.——
Enprueba de conformidad, previa lectura y ratificaciónde lo expuesto, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha antes indicado.—————–