Expte. Nº 2.603/04.
VISTO:
El Expediente Municipal por el cuál la “Mutualidad de Obra Social para el Personal Administrativo, Técnico, Supervisor y Jerárquico de
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en el Código Urbano Municipal, las parcelas descriptas se hallan en el Distrito de Expansión Urbana (Residencial) aptas para ser urbanizadas.
Que en las fracciones de terreno cuya mensura y subdivisión se aprueba en la presente Ordenanza, se construirán viviendas con fondos de
Que existe en este Distrito una imperiosa necesidad de contar con viviendas para satisfacer la gran demanda en unidades habitacionales que requiere esta Ciudad, dado que no existen planes de construcción por parte de empresas privadas.
Que las medidas de los lotes resultantes de la división están de acuerdo al Código que lo reglamenta y se encuentra en vigencia en esta Municipalidad.
Que se han efectuado la correspondiente donación de calles y espacios verdes según consta en las Actas de Donación.
Que de acuerda al informe de
Que las obras de construcción de viviendas redundarán en beneficio de la mano de obra local y beneficiarán a los comercios locales que proveen de insumos y materiales para la construcción.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1606/2004
ART.1º) Apruébase de acuerdo a lo previsto por el Código Urbano, Ordenanza Nº 1.144/95, apartado 5.5.2 Inc. a,
ART.2º) Acéptase la donación de una fracción de terreno de
ART.3º) Acéptase la donación de una fracción de terreno de
ART.4º) Hágase constar que la presente aprobación de los Planos de Mensura y Subdivisión de las parcelas descriptas en el Art. 1º. Queda sujeta al cargo de la efectiva realización de las viviendas con fondos de
ART.5º) Hágase constar que la escrituración del predio para calles públicas y espacios verdes, se llevará a cabo dentro de los 90 (noventa) días, a partir de la iniciación de las obras.
ART.6º) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá exigir el cumplimiento de la reglamentación vigente (Código Urbano Municipal) en materia de urbanización apartado 5.3.4.
ART.7º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de Diciembre de 2004.
Presidente: Alberto Podolsky
A/C Secretaria: Mario Correale
