Ord. 2428/16 Autoriza Convenio entre la Municipalidad de Villa Gdor. Gálvez y la Dirección Provincial de Viabilidad

Expte. Nº 5.975/16.

VISTO:

La necesidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Viabilidad para lo cual la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se compromete a ejecutar la obra destinada a la ampliación de la red de media presión del tendido paralelo a la Ruta Provincial 21, desde la calle Río Paraná hasta el límite del distrito, y

CONSIDERANDO:

Que resulta imprescindible la formulación de un convenio entre ambas partes, en el cual queden de manifiesto los derechos y obligaciones que le atañen a cada una de ellas.

Que a los fines de garantizar el cumplimiento del convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar a los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad.

Que evaluados a los beneficios que la formación del convenio brindara a los habitantes de la zona.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.428/2016.

ART. 1°) Autorizase la Concreción de un Convenio entre la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez representada por el Sr Intendente Municipal y la Dirección Provincial de Viabilidad, en virtud de lo cual el municipio se compromete a ejecutar la obra de ampliación de la red media presión del tendido paralelo a la Ruta Provincial 21, desde la calle Río Paraná hasta el límite del Distrito Proyecto P/RO/13/203- y a realizar todos los actos necesarios para su cumplimiento.

ART. 2°) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a aportar para la realización de la obra mencionada en el Artículo 1º,  mano de obra y dirección técnica para dicho fines. Asímismo, según lo establecido en el plano de Litoral Gas S.A. que se adjunta al expediente, la inversión será con cargo a los solicitantes.

ART. 3°) Autorizase a la Dirección Provincial de Viabilidad a afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan al municipio de Villa Gobernador Gálvez a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudieran ocasionar el incumplimiento del referido Convenio.

ART.4º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 15 de diciembre de 2016.

print
Scroll al inicio