Ord. 2501/17 Solicitud al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2017 y que serán destinados a la ejecución de obra de cordón cuneta y desagües pluviales en Pasaje Thompson entre Alvear y 17 de Octubre, Santa Fe entre Cervantes y Buenamesson y Lavalle entre Cervantes y Buenamesson

 

Expte. Nº 6.381/17.

VISTO:

La Ley Provincial Nº 12385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario; y

 

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, correspondiéndole la distribución para el año 2017 del Fondo de Obras Menores y Equipamientos,

Que el Departamento Ejecutivo Municipal considera prioritaria la asignación de una partida de $ 953.462,63.- (Pesos Novecientos Cincuenta y Tres Mil Cuatrocientos Sesenta y Dos con 63/100) para la ejecución de obras de cordones cuneta,

Que dicho monto se utilizará para la ejecución de cordón cuneta y desagües en Pasaje Thompson entre Alvear y 17 de Octubre, Santa Fe entre Cervantes y Buenamesson y Lavalle entre Cervantes y Buenamesson,

Que con la ejecución de dichas obras se atenuaran los inconvenientes en días de lluvia , posibilitando además definir los sectores de calzadas y aceras mejorando también las condiciones de seguridad y transitabilidad peatonal de los vecinos de la zona,

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2.501/2017.

 

ART.1º) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2017 y que serán destinados a la ejecución de obra de cordón cuneta y desagües pluviales en Pasaje Thompson entre Alvear y 17 de Octubre, Santa Fe entre Cervantes y Buenamesson y Lavalle entre Cervantes y Buenamesson

 

ART.2º) Facúltase al Intendente Municipal a gestionar la suma de $ 953.462,63.- ( Pesos Novecientos Cincuenta y Tres Mil Cuatrocientos Sesenta y Dos con 63/100) para el financiamiento del proyecto referido en el artículo 1º del presente.

 

ART.3º) Autorízase al Intendente Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

 

ART.4º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de diciembre  de 2017

 

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