Ord. 2531/18 Modifícación el Art. 1° de la Ordenanza N° 2.528/2.018
VISTO:
La Ordenanza N° 2.528/2.018.
La Ley 2.756, y
CONSIDERANDO:
Que debido a un error de tipeo se menciona en el Art. 1° de la Ordenanza N° 2.528/2.018, aprobada por este Cuerpo en fecha 05 de Julio de 2.018, la Ley Provincial N° 9.286, cuando corresponde que se refiera a la Ley Provincial N° 9.256.
Que asimismo se aconseja aclarar en el Art. 1° de dicha Ordenanza, que “Corresponde a las Agentes Municipales la Licencia por Maternidad…”.
Que es necesario se modifique el Art. 1° de la Ordenanza N° 2.528/2.018.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.531/2018
ART.1º) Modifíquese el Art. 1° de la Ordenanza N° 2.528/2.018, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ART.1º) Corresponde a las Agentes Municipales la licencia por maternidad con goce de haberes hasta ciento veinte (120) días corridos. En caso de nacimientos múltiples corresponden ciento treinta y cinco (135) días corridos. En lo que respecta a la antelación con que debe tomarse esta licencia, los trastornos, el procedimiento, la limitación, el supuesto de una única supervivencia y al modo de acreditación es de aplicación lo dispuesto en los artículos 29 a 34 de la Ley 9.256 o los que en el futuro se dicten en su reemplazo.”
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de agosto de 2018.
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