Ord. 2667/19 Modificación del art. 2° de la Ordenanza N° 2.653/2.019

Expte. Nº 6.968/19

VISTO:

La Ordenanza N° 2.653/2.019 en su art. 2°.

La Ley 2.756, y

 

CONSIDERANDO:

Que por nota remitida a este Cuerpo, el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la modificación del art. 2° de la Ordenanza N° 2.653/2.019 de fecha 05 de diciembre de 2.019, debido a un error en el inciso detallado en el proyecto de Ordenanza enviado oportunamente a este Cuerpo.

Que en el art. 2° se debe reemplazar inciso j) por inciso k).

Que es necesario dictar la norma legal a los fines mencionados.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2.667/2.019

 

ART.1°) Modifíquese el art. 2° de la Ordenanza N° 2.653/2.019 el que quedará redactado de la siguiente manera: “ART.2°) De acuerdo a lo dispuesto en el artículo N° 18 (cuotas especiales) de la Ordenanza Tributaria anual N° 2.643/2.019 “Fíjense las siguientes cuotas especiales, más los adicionales correspondientes, por mes: Incorpórese como Inciso K el siguiente texto: “K) empresas de transporte interurbano de pasajeros que tengan radicados para el impuesto de patente única sobre vehículos al menos cien (100) rodados dentro de la jurisdicción de Villa Gobernador Gálvez: 100 UTM”””

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de diciembre de 2.019.

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Ordenanza N° 2667-2019

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