Expte. Nº 7.095/20

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756

La solicitud de autoridades y vecinos de nuestra ciudad en relación a efectuar un reconocimiento a quien fue un importante político de nuestra provincia.

 

CONSIDERANDO:

Que la designación de nombre para Pje. N° 2 constituye un elemento de relevante importancia en el desarrollo de la vida cotidiana de los vecinos del barrio ya que, esta calle hasta hoy carente de nomenclatura, complica la recepción de correspondencia, entre otros factores de ubicación.

Que Luciano Molinas fue un político, profesor y abogado Argentino, de notable actuación de la Provincia de Santa Fe de la que fue gobernador.

Que está considerado como uno de los dirigentes destacados de la historia del Partido Demócrata Progresista, junto con Lisandro de la Torre, Francisco E. Correa y Enzo Bordabehere.

Que en 1909, se recibió de abogado en la Universidad de Buenos Aires. Se especializó y fue profesor de Derecho Comercial, Economía Política y Finanzas y Derecho Financiero.

Que a partir de 1916 desempeñó diversos cargos legislativos hasta 1930, siendo elegido tres veces diputado nacional, del cual fue desplazado por el golpe militar del 6 de septiembre de 1930.

Que Luciano Molinas se presentó como candidato a la gobernación de la Provincia de Santa Fe conjuntamente con la Alianza Civil o Alianza Demócrata Socialista, compuesta por el Partido Demócrata Progresista (PDP) y el Partido Socialista (PS), que a nivel nacional sostenían la candidatura de Lisandro de la Torre y Nicolás Repetto; y  en Santa Fe, la Alianza presentó a Luciano Molinas como candidato, mientras que la Concordancia, presentó a Manuel María de Iriondo. Mientras que en la mayor parte del país tuvo lugar un fraude electoral masivo que llevó a Agustín  Justo a la presidencia, la elección santafesina resultó en un amplio y sorpresivo triunfo para Molinas, que obtuvo el 53.73% de los votos contra el 46.27% de Iriondo.

Que en 1932  fue elegido gobernador de la provincia de Santa Fe. A continuación dispuso la  entrada en vigencia la progresista “Constitución Santafesina de 1921”. Antes de finalizar el mandato, el 4 de octubre de 1935, el gobierno fraudulento del general Agustín P. Justo, fruto del golpe de Estado del 6 de septiembre de 1930, intervino la provincia, desplazando a Molinas de su cargo y organizando nuevas elecciones provinciales fraudulentas.

Que luego de la muerte de Lisandro de la Torre, Luciano Molinas toma las riendas del Partido Demócrata Progresista continuando la línea política de su predecesor. En 1951 fue candidato a la presidencia de la Nación, y en 1954 candidato a la vicepresidencia.

Que en 1957 fue elegido convencional constituyente para reformar la Constitución Nacional, en 1962 resulta elegido en la misma función de reforma, esta vez para la Constitución de la Provincia de Santa Fe.

Que en 1960 sufrió un derrame cerebral, falleció en 1973.

Que se cree conveniente designar a tal calle con el nombre “Luciano Molinas”, en homenaje a este importante político de nuestra Provincia.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2.692/2.020

 

ART. 1°) Designase con el nombre de “Luciano Molinas” a la calle que nace de calle Pedro Oppici hasta Crespo entre las manzanas 15, 14, 13, 12, y desde las manzanas 38 hasta la 31, de la sección catastral N° 10 y 11.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 08 de julio de 2.020.

Descargar doc:

Ord. 2692-20_07-08-2020-125847

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