Expte. Nº 7.139/20

VISTO:

La Ley Provincial Nº 13.767,

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,

La Ordenanza Nº 2301/15,

La Asociación de Comercio e Industria, y

 

CONSIDERANDO:

Que el Centro Comercial a Cielo Abierto (CCCA) es la unión de iniciativas públicas y privadas que además de su clásico objetivo comercial, tiene por objetivo cautivar al vecino a través de su identidad y sentido de pertenencia.

Que este proyecto busca la unificación de criterios entre el Departamento Ejecutivo Municipal, el Concejo Deliberante y la Asociación de Comercio e Industria con la intención de defender los intereses genuinos de los comerciantes y con el propósito de beneficiar a la comunidad en su conjunto.

Que su eje principal, es impulsar las iniciativas público privadas y las distintas articulaciones con los distintos estamentos del estado.

Que esta Comisión abordará las distintas actividades con el fin de asesorar, promover el seguimiento de la evolución de los Centros Comerciales a Cielo Abierto, con la intención de revitalizar cada espacio, intentando atraer clientes, mejorar la utilidad y desarrollar capacidades competitivas de nivel colectivo.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2.697/2.020

 

ART.1º) Créase la Comisión de Asesoramiento, promoción y seguimiento de los Centros Comerciales a Cielo Abierto de Villa Gobernador Gálvez.

 

ART.2º) La Comisión estará conformada por dos miembros del Departamento Ejecutivo Municipal, dos miembros de la Asociación de Comercio e Industria y tres miembros del Concejo Deliberante. Texto según Ord. 2717/20.

Texto anterior: “La Comisión estará conformada por dos miembros del Departamento Ejecutivo Municipal, dos miembros de  la Asociación de Comercio e Industria y dos miembros del Concejo Municipal.”

 

ART.3º)  La Comisión se encargará de:

  • Fomentar el espíritu de asociación y cooperación.
  • Generar actividades de promoción.
  • Difusión y revitalización de cada espacio.
  • Mejoramiento de la vía pùblica.
  • Reconocer las principales dificultades y problemas de las 3 (tres) áreas estipulada en la Ordenanza Nº 2301/ 2015.
  • Se Ocupará de llevar a cabo las acciones necesarias para lograr los objetivos planteados.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de agosto  de 2.020.

Descargar doc:

Ord. 2697-20_08-07-2020-111009

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