Expte. Nº 7.269/20
VISTO:
La Ley provincial 2756 Art 41 inc 18.
La necesidad de contar con un inmueble donde funcione una vibro prensa ARG -3 (Bloquera), y
CONSIDERANDO:
Que recientemente el Municipio de Villa Gdor. Gálvez, ha adquirido una vibro prensa ARG-3 (Bloquera), que permitirá construir bloques de hormigón con el fin de pavimentar arterias de baja circulación o realizar paseos públicos en el ejido de la ciudad.
Que esta máquina posee grandes dimensiones por lo cual requiere de un espacio físico adecuado para su funcionamiento.
Que actualmente el municipio de Villa Gdor. Gálvez, no cuenta con un inmueble que reúna los requisitos necesarios para un correcto funcionamiento de este equipo. Por ello es de imperiosa necesidad realizar un Contrato de Locación de un inmueble de aproximadamente 1200 a 1500 m2, con un sector cubierto de aproximadamente 200 m2 con un acceso pavimentado que permita dar un uso adecuado a este equipo adquirido recientemente y que dará grandes beneficios al municipio.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.736/2.020
ART.1°) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un Contrato de Locación inmueble que reúna las características descriptas en los considerandos.
ART.2°) El monto de la locación se estipula en un suma de hasta pesos cien mil ($100.000) mensuales para los primeros 12 (doce) meses y los ajustes correspondientes que plantea la Ley 27.551 en su Artículo 14° para los siguientes años.-
ART.3°) El plazo de la locación se estipula en el plazo de 3 (tres) años.-
ART.4°) Suscripto que fuere el mencionado Contrato se remitirá copia al Concejo Deliberante para su conocimiento.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 11 de diciembre de 2.020.