ORDENANZA N° 3104/2024 – Incremento UTM. Derogación ordenanza N° 3076/2024

Expte. Nº 8.591/24

VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756 en su Art. 2° y Art. 41° Inc. 4;
El Código Tributario Municipal – Ordenanza N° 1.415/99 y sus Ordenanzas complementarias;
La Ordenanza Tributaria N° 3.001/23 establecida para el corriente ejercicio 2.024 y
modificatorias;
El Decreto Municipal N° 0453/24 de fecha 31 de enero de 2.024
El Decreto Municipal N° 1.062/24 de fecha 17 de abril de 2.024
La Ordenanza Nº3.076/24, que modifica la Ordenanza Tributaria 3.001/23 vigente a partir del 1°
de Septiembre de 2.024;

CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Tributaria N° 3.001/23 establecida al corriente ejercicio 2.024, fijó en su Art.
2° “Unidad Tributaria Municipal” su valor en la suma de $ 950.- (Pesos novecientos cincuenta) a partir
del 1° de Enero de 2.024;
Que la misma, prevé en su Art. 3° “Actualización”, que en el caso de que durante el año 2.023, la
inflación determinada por el IPEC superase el porcentaje de variación de la UTM vigente al último día
hábil del mes de agosto de 2.023, se podrá incrementar a partir del segundo bimestre del año 2.024, el
valor de la Unidad Tributaria Municipal –UTM- hasta dicha diferencia porcentual;
Asimismo, se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a incrementar a partir del segundo
cuatrimestre del año 2.024 el valor de la Unidad Tributaria Municipal, hasta el porcentual de inflación
que determine el IPEC para el primer trimestre del año de 2.024.
Que la UTM al 31/08/23, tenía un valor de $ 370 (Pesos trescientos setenta) y, a partir del
01/09/23, el valor establecido fue de $ 555.- (Pesos quinientos cincuenta y cinco), lo que arroja una
variación porcentual entre el valor pasado y el valor actual del 50,00%, representando el primer
incremento del año 2.023.-
Que la UTM al 31/08/23, tenía un valor de $ 370 (Pesos trescientos setenta) y, a partir del
01/01/24, el valor establecido fue de $ 950.- (Pesos novecientos cincuenta), lo que arroja una variación
porcentual entre el valor pasado y el valor actual del 156,76%, segundo incremento
Que a partir del 01/03/24, el valor establecido fue de $ 1.150.- (Pesos mil ciento cincuenta),
representando un incremento de 210.81%,
Que considerando los datos arrojados por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos – IPEC
– la inflación para el cierre del periodo Marzo 2.024 fue del 296,30 %, por lo que el valor de la UTM no
podrá superar la suma de $ 1.751,45 (Pesos mil setecientos cincuenta y uno con 45/00);
Que finalmente con el Decreto N° 1.062/24, El Departamento Ejecutivo Municipal estableció la
UNIDAD TRIBUTARIA MUNICIPAL en la suma de $ 1.450.- (Pesos un mil cuatrocientos cincuenta),
vigente a partir del 1° de Mayo de 2.024;
Que considerando los datos arrojados por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos – IPEC
– la inflación para el cierre del periodo Abril 2.024 fue del 7.1%, por lo que el valor de la UTM no podrá
superar la suma de $ 1.875,30 (Pesos mil ochocientos setenta y cinco c/30/100);
Que la Ordenanza Nº 3.058/24 estableció la U.T.M. en la suma de $ 1.600,00.- (Pesos un mil
seiscientos), vigente a partir del 1° de Julio de 2.024, derogada por la Ordenanza N° 3.076/24.

Que la Ordenanza Nº 3.076/24 estableció la U.T.M. en la suma de $1.750.- (Pesos un mil
seiscientos cincuenta), vigente a partir del 1° de Septiembre de 2.024;
Que considerando los datos arrojados por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos – IPEC
– la inflación para el cierre del periodo acumulado de Julio a Septiembre 2024 fue del 11.70%, por lo
que el valor de la UTM no podrá superar la suma de $ 2.290,60.-( Pesos Dos mil doscientos noventa con
60/000)
Que es necesario establecer un nuevo valor de la Unidad Tributaria Municipal contemplando la
situación económica-social del contribuyente, por lo que se propone que el valor no se ajuste por el total
de la inflación acumulada en el periodo y que el mismo sea de $2.000.-(Pesos Dos Mil) aplicable en los
tributos de origen municipal a partir del mes de Noviembre del corriente año, que nos permita una
readecuación de los ingresos para poder hacer frente a los aumentos constantes de los insumos, materiales
para la construcción y la paritaria municipal;
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA  Nº 3.104/2.024

ART. 1º)  Deróguese en todos sus términos lo normado en la Ordenanza Nº 3.076/24.

ART.2º) Modifíquese el primer párrafo del Artículo 2º de la Ordenanza Nº 3.001/23 que quedará
redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º: Actualizase la Unidad Tributaria Municipal (UTM) a
aplicarse a los tributos comprendidos en el Código Tributario Municipal y ordenanzas complementarias,
para los casos y condiciones establecidos en la presente ordenanza. Fijase su valor en la suma de
$2.000.- (Pesos Dos Mil), por cada Unidad Tributaria Municipal a partir del 1 de Noviembre de 2.024.”

ART3º) La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir del 01 de Noviembre de 2.024.

ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 31 de octubre de 2.024.

AUTOR: DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL.

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