ART.190o) La Mesa de Entradas y Salidas estará a cargo del Secretario y el personal que se designe. Todo asunto que ingrese será sellado, dejándose constancia de la hora y fecha de recepción, numero de orden y las iniciales del empleado que lo recibe.-
NOTA: texto según Resolución 41/85.
ART.191o) Los proyectos serán caratulados formándose expediente numerado. Las notas o reclamos que deban originar un Decreto, Resolución o Declaración serán caratulados de la misma manera. En el Libro de Entradas y Salidas se anotaran todos los movimientos del expediente. El Secretario contara que se registren los movimientos y hará confeccionar recibos cuando deban salir del ámbito del Concejo.
Asimismo registrara todo proyecto que pase a Comisión, con todos los detalles del proyecto, la fecha y nombre de quien recibe, haciéndole firmar el correspondiente recibo.-
ART.192o) El Libro de Mesa de Entradas y Salidas presentara las características suficientes que permitan el seguimiento del expediente por renglón.-
ART.193o) Cuando un expediente concluya su tratamiento, o se produzcan las situaciones previstas en el Titulo XXI, se dispondrá su archivo en base al numero de expedientes.-
Nota: Textos de acuerdo a la Resolución 41/85.
ART.194o) Derogase en todos sus términos, toda norma legal que se oponga a la presente.
NOTA: Texto según Resolución 687/97.